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ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EL DIA DOCE DE ENERO DE DOS MIL NUEVE.
Asistentes
Alcalde-Presidente
D. Antonio Rubio Navarro.
Concejales
Grupo Socialista
Dña. María Teresa Miranda Jiménez.
D. Gonzalo Rubio Sánchez.
D. Juan García Lorenzo.
Grupo Popular
D. Miguel Lucas Marín
D. Juan de la Cruz Fernández González.
Dña. María Carmen Pérez Ramón
Grupo I.U.
D. Jesús Rubio Caballero
D. Pedro González Rivas.
Secretario
D. Alberto Monzón de la Torre
En el salón de sesiones de la Casa Consistorial siendo las veinte horas del día doce de Enero de dos mil nueve se reúnen los concejales citados más arriba al objeto de celebrar la sesión para la que habían sido previamente convocados, y abierto el acto por el Alcalde-Presidente comienza el debate sobre los asuntos incluidos en el orden del día, asuntos sobre los que recayeron los siguientes acuerdos.
PRIMERO:
LECTURA Y APROBACIÓN ACTA SESION ANTERIOR.
Dada cuenta del acta de la sesión anterior y en orden a la posibilidad de efectuar alguna observación a la misma y no produciéndose ninguna ésta resulta aprobada por UNANIMIDAD.
SEGUNDO:
DICTAMENES DE LA COMISION INFORMATIVA DE OBRAS, SERVICIOS, URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE.
2.1. Fondo Estatal de Inversión Local.
Se da cuenta de la memoria elaborada por los servicios técnicos municipales y para la concurrencia a la convocatoria del Fondo Estatal de Inversión Local del Ministerio de Administraciones Públicas por medio del Real Decreto Ley 9/2008 de 28 de noviembre, y consistentes en las siguientes inversiones:
1. Pavimentación calle Travesía Barrio Nuevo, por importe de VEINTISEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS (26.448 €), en el que se tiene prevista la contratación de 5 trabajadores durante un mes.
2. Pavimentación calle Travesía Diego Antón y Travesía Eras, por importe TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO EUROS, OCHENTA CENTIMO (32.398,80 €), en el que se tiene prevista la contratación de 6 trabajadores durante un mes.
3. Obras de saneamiento y pavimentación en calle Cañada del Calvario, por importe de SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO (69.948,00 €), en el que se tiene prevista la contratación de 10 trabajadores durante dos meses.
4. Acondicionamiento Zona Escolar, por importe de TREINTA Y NUEVE SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS (39.699,00 €), en el que se tiene prevista la contratación de 4 trabajadores durantes un mes y medio.
5. Calle Iglesia (Bajada al Castillo), saneamiento y pavimentación, con un importe de VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS (27.666,00), en el que se tiene prevista la contratación de 10 trabajadores durante un mes.
6. Acondicionamiento y equipamiento recinto ferial Plaza Dr. Fuster, con un importe de SIETE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO EUROS (7.424,00 €), en el que se tiene prevista la contratación de 3 trabajadores, durante un mes.
7. Modificación de imbornales, con un importe de DOCE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO EUROS (12.354,00 €), en el que se tiene prevista la contratación de 2 trabajadores, durante un mes.
8. Calle de nuevo trazado, junto Colegio Tazona, con un importe de QUINCE MIL TRESCIENTOS SETENTA EUROS (15.370,00 €), en el que se tiene prevista la contratación de 2 trabajadores durante un mes.
9. Plaza Castilla-La Mancha, de Tazona, con un importe de TREINTA Y SIETE MIL SESENTA Y DOS EUROS, (37.062,00 €), en el que se tiene prevista la contratación de 6 trabajadores, durante un mes.
10. Plaza Iglesia de Los Olmos, con un importe de TREINTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS (34.450,00 €), en el que se tiene prevista la contratación de 5 trabajadores, durante un mes.
11. Acondicionamiento Zona Recreativa de El Carrascal, con un importe de CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS DIECISEIS EUROS (46.516,00 €), en el que se tiene prevista la contratación de 6 trabajadores, durante un mes.
Considerando por tanto, el dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa de fecha 9 de Diciembre de 2008, correspondiente el Pleno de la Corporación ACUERDA POR UNANIMIDAD:
Primero. Aprobar las citadas memorias valoradas, cuyo importe en su totalidad asciende a TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO EUROS, OCHENTA CENTIMOS (345.335,80 €).
Segundo.- Remitir el presente acuerdo junto con la documentación exigida en el convocatoria en la forma que se indica en la misma.
2.2. Plan de Obras y Servicios Diputación Provincial.
Por el Sr. Alcalde se expone a la consideración de esta Comisión la adopción de dictamen para su elevación al pleno de la Corporación, correspondiente a la participación en los Planes Provinciales de Obras y Servicios de 2.009, y propone la inclusión de aquellas obras previstas en acuerdo de 19/10/2007 que todavía no han sido proyectadas, a excepción de la correspondiente a la calle del Consultorio Médico de Tazona, ya que es conveniente definir previamente la continuación de la calle hasta enlazar con la prevista en las normas urbanísticas por detrás en dirección al Camino de la Venta Vieja.
Es por ello que se proponen las siguientes inversiones:
– Plaza de Castilla.La Mancha, de Tazona, con una inversión prevista de 30.000 Euros.
– Plaza en Los Olmos, conformada por las calles Iglesia, Nueva y Reina Sofía, quedando el edificio de la Iglesia en el Centro.
La Comisión previo debate sobre el particular, acuerdo DICTAMINAR FAVORABLEMENTE la propuesta y en consecuencia proponer al Pleno de la Corporación la aprobación de inclusión como participación en PLAN PROVINCIAL DE OBRAS Y SERVICIOS 2.009 las mencionadas inversiones.
Visto el contenido de éste punto el Pleno de la Corporación acuerda por UNANIMIDAD:
1- Participar en el Plan de Obras y Servicios 2.009 con las indicadas inversiones.
2- Comunicar el presente acuerdo a la Excma. Diputación Provincial de Albacete.
TERCERO: DICTAMEN COMISION DE HACIENDA Y PERSONAL
3.1. Operación de Tesorería.
Se da cuenta del expediente sobre concertación de OPERACIÓN DE TESORERIA por importe de 210.000 Euros, incoado por providencia de Alcaldía de fecha 25/11/2.008 y del informe emitido por Intervención al respecto, y cuyo texto es el que sigue:
D. ALBERTO MONZON DE LA TORRE, INTERVENTOR DEL AYUNTAMIENTO DE SOCOVOS EN LA PROVINCIA DE ALBACETE, en relación con el expediente incoado por Alcaldía-Presidencia en fecha 25/11/2.008 de concertación de operación de tesorería, operación que se solicita con las siguientes características y finalidad:
Importe: HASTA 210.000 EUROS.
Entidad prestamista: CCM
Finalidad: atender necesidades transitorias de liquidez derivada de la diferencia de vencimiento de pagos e ingresos.
Plazo: 1 año.
Tipo: Euribor + 1,25
Liquidación de intereses: trimestrales.
Emito el siguiente:
INFORME:
El TR de la Ley de Haciendas Locales aprobado por RD Legislativo 2/2.004 de 5 de Marzo contiene las siguientes disposiciones de obligado cumplimiento en el expediente que nos ocupa:
-Artículo 48:
En los términos previstos en ésta ley, las Entidades Locales, sus organismos autónomos y sociedades mercantiles de capital íntegramente local, podrán concertar operaciones de crédito en todas sus modalidades, tanto a corto como a largo plazo, así como operaciones financieras de cobertura y gestión del riesgo del tipo de interés y del tipo bancario.
-Artículo 51:
Para atender necesidades transitorias de tesorería, las Entidades Locales podrán concertar operaciones a corto plazo que no excedan de un año, siempre que en su conjunto no superen el 30% de los ingresos liquidados por operaciones corrientes del ejercicio anterior.
-Artículo 52.2:
La concertación o modificación de cualesquiera operaciones deberá acordarse previo informe de intervención, en el que se analizará especialmente la capacidad de la entidad local de hacer frente en el tiempo, a las obligaciones que de aquélla se deriven para la misma. La concertación de las operaciones de crédito a corto plazo corresponderá al presidente de la Corporación cuando el importe acumulado de las operaciones vivas de ésta naturaleza incluida la nueva operación, no supere el 15% de los recursos corrientes liquidados en el ejercicio anterior. Una vez superados dichos límites la operación corresponderá al Pleno de la Corporación.
-Artículo 21.1 f): (Ley 7/85 de 2 de Abril).
El Alcalde es el Presidente de la Corporación y ostenta en todo caso las siguientes atribuciones: Concertar operaciones de crédito, siempre que aquéllas estén previstas en el presupuesto y su importe acumulado dentro de cada ejercicio económico no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto, salvo las de tesorería que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones vivas de cada momento no superen el 15% de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior.
-Artículo 47.2 l): (Ley 7/85 de 2 de Abril).
Es necesario el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación para la adopción de acuerdo en las siguientes materias: Aprobación de operaciones financieras o de crédito cuando su importe supere el 10% de los recursos ordinarios de su presupuesto, así como las operaciones de crédito previstas en el artículo 158.5 de la Ley 39/1.988 de 28 de Diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.
INGRESOS LIQUIDADOS POR OPERACIONES CORRIENTES 2.007.
EUROS
Capítulo 1. Impuestos Directos.
181.469,97
Capítulo 2. Impuestos Indirectos.
35.621,73
Capítulo 3. Tasas y otros ingresos.
138.733,70
Capítulo 4. Transferencias corrientes.
814.428,49
Capítulo 5 . Ingresos patrimoniales.
3.339,17
TOTAL
1.173.593,06
Limite competencia Alcaldía (15%): 176.038,96. Superado éste límite la competencia es del Pleno de la Corporación.
Límite operaciones acumuladas a corto plazo (30%): 352.078 EUROS.
RECURSOS ORDINARIOS PRESPUESTO 2.008
Capítulo 1. Impuestos directos
209.079
Capítulo 2. Impuestos indirectos
242.402
Capítulo 3. Tasas y otros ingresos
193.447
Capítulo 4. Transferencias corrientes
1.079.855
Capítulo 5. Ingresos Patrimoniales
6.208
TOTAL RECURSOS ORDINARIOS
1.730.991
Límite mayoría simple (10%): 173.099,10 Superado dicho límite es necesaria mayoría absoluta.
En resumen por tanto y ante la solicitud que efectúa éste Ayuntamiento a la Entidad Caja de Ahorros de Castilla- La Mancha sobre operación de tesorería cabe deducir:
PRIMERO:
COMPETENCIA:
La competencia para concertar la operación es del Pleno de la Corporación ya que el importe acumulado de las operaciones de ésta naturaleza supera el 15% de los ingresos liquidados por operaciones corrientes del ejercicio 2.007, de acuerdo a lo determinado en el artículo 21.1 f) de la Ley 7/85 de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 52.2 de la Ley 39/88 de 28 de Diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.
SEGUNDO
QUORUM DE APROBACION
Dicha aprobación requiere MAYORIA ABSOLUTA, del número legal de miembros de la Corporación en atención a lo prevenido en el artículo 47.2 l) de la Ley 7/85 2 de Abril, Reguladora de las bases de Régimen Local y dado que el importe de la operación supera el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto 2.008.
TERCERO
LEGALIDAD DE LA OPERACIÓN
Respecto a ésta materia es preciso efectuar varias consideraciones:
Primero: No cabe concertar una operación nueva, dado que supera el conjunto de las concertadas el 30% de los ingresos liquidados por operaciones corrientes en el ejercicio 2.007, porcentaje límite de acuerdo a lo prevenido en el artículo 51 de la Ley 39/1.988 de 28 de Diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.
Cabría legalmente la concertación de la operación referenciada una vez cancelada la operación actualmente en vigor y concertada en fecha 21/01/2.008. Es necesario por tanto cancelar la anterior, para poder perfeccionar la operación a la que nos referimos, dado que es en éste caso cuando no se rebasaría el 30% de los ingresos liquidados por operaciones corrientes.
Segundo: Es requisito para la concertación de la operación que el Ayuntamiento tenga aprobado el presupuesto correspondiente al ejercicio en curso dado que así lo exige el artículo 50 de la Ley 39/88 de 28 de Diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales. Este requisito deberá ser cumplido en el momento de proceder a la suscripción del correspondiente contrato, póliza o documento mercantil en el que se soporte la operación, ante la entidad financiera correspondiente y ante el fedatario público que intervenga o formalice el documento. (el presupuesto del ejercicio 2.008 se encuentra definitivamente aprobado por lo que se encuentra plenamente en vigor).
Tercero: De igual forma es requisito que el Ayuntamiento de Socovos disponga de la Cuenta General aprobada y correspondiente al ejercicio 2.007 en el mismo momento a que hace referencia el apartado anterior.
Cuarto: Nada dice la legislación de referencia en la materia respecto a si los acuerdos plenarios pueden adoptarse antes de la cancelación, pues en todo momento se refiere la ley 39/1.988 de 28 de Diciembre al cumplimiento de los requisitos en el momento de la perfección (firma del contrato).
Visto por tanto el expediente sometido a la consideración plenaria, ésta Intervención informa FAVORABLEMENTE DE FORMA CONDICIONADA la concertación de la referida operación a que en el momento de la perfección de la misma (por la que se entiende no la solicitud de la operación sino su firma) se cumplan la siguiente condición:
1-Que se haya cancelado la operación que por 210.000 Euros tiene concertada la Entidad con la CCM y suscrita en fecha 21/01/2.008, lo que permitirá que no se rebase el reiterado 30% exigido en el artículo 51 de la Ley 39/1.988 de 28 de Diciembre.
Tal es el informe que doy y firmo en Socovos a 19 de Diciembre de 2.008
Visto por tanto el contenido de éste punto la Comisión informativa dictamina por DOS VOTOS A FAVOR (P.S.O.E.) y UNA ABSTENCIÓN (P.P.):
-Dictaminar favorablemente la concertación con CCM de una operación de tesorería por importe de 210.000 Euros, y en las condiciones ofrecidas por la indicada entidad.
Interviene el Portavoz del Grupo I.U. para indicar que ...” de los 240.000 Euros en los que se encontraba la póliza en el ejercicio 2.007 se redujeron el año anterior 30.000 con el compromiso de volver a disminuir la misma en ésta anualidad en 100.000 Euros....” ...”Ese era el compromiso. I.U., por lo que propone la concertación por 185.000 Euros....”.
El Portavoz del Grupo P.P. propone concertar por importe de 195.000 Euros.
Tras un debate sobre la cuestión y específicamente sobre la cuantía de la póliza a suscribir el Pleno de la Corporación ACUERDA por SIETE VOTOS A FAVOR (P.S.O.E.- P.P.) y DOS ABSTENCIONES (I.U.):
1º - Concertar Operación de Tesorería con Caja de Ahorros de Castilla-La Mancha con las siguientes características y finalidad:
Importe: CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL EUROS (195.000 Euros).
Finalidad: Atender necesidades transitorias de liquidez derivada de la diferencia de vencimiento entre pagos e ingresos.
Plazo de amortización: 1 año.
Liquidación de intereses: trimestrales.
Tipo de interés: Variable: EURIBOR (1 año) + 1,25
Comisión de apertura: 0,20%
Otros gastos: Exento.
2º Facultar al Alcalde-Presidente para la firma de cuantos documentos sean precisos para la definitiva formalización de la operación.
3º Remitir el presente certificado a la Caja de Ahorros de Castilla-La Mancha en orden a la concertación definitiva de la referida operación.
CUARTO: JUEZ DE PAZ SUSTITUTO.
4.1. ORDEN DE PROPUESTA NOMBRAMIENTO A LA SALA DE GOBIERNO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA LA MANCHA.
Se da cuenta al Pleno de la Corporación de la tramitación del procedimiento abierto al efecto de cubrir el cargo de Juez de Paz sustituto de la localidad mediante publicación en el B.O.P. número 138 de fecha 26 de Noviembre de 2.008 y por el que se habilita un plazo de quince días hábiles para que las personas que estuvieran interesadas y reuniesen las condiciones legales lo solicitasen mediante escrito dirigido a la Alcaldía.
Pues bien dando aplicación a los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículos 4 y 5.1 del Reglamento 3/1.995, de 7 de Junio, de los Jueces de Paz el pleno de la Corporación acuerda por UNANIMIDAD y, analizadas las instancias presentadas:
Primero: Proponer entre las solicitudes presentadas el siguiente orden de propuesta de nombramiento a la Sala de Gobierno del T.S.J. de Castilla-la Mancha:
1- Dña. María Dolores Rodríguez Baeza. D.N.I. 74.330.146-B
2- Antonio Jesús Ortuño Laforet. D.N.I. 53.140.549-S
Segundo: Comunicar el presente acuerdo a la Sala de Gobierno del T.S.J de Castilla-La Mancha en orden a su nombramiento.
Y, no habiendo más asuntos de los que tratar la Alcaldía da por finalizado el acto levantándose la sesión a las veintiuna horas dos minutos de todo lo cual como Secretario DOY FE-------------
VºBº
EL ALCALDE-PRESIDENTE
Fdo: Antonio Rubio Navarro.
PANTANO DEL CENAJO
Hace 14 años