lunes, 19 de abril de 2010

ACTA 30 DE NOVIEMBRE DE 2009

ACTA DE LA SESION ORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EL DIA TREINTA DE NOVIEMBRE DE DOS MIL NUEVE.


Asistentes
Alcalde-Presidente
D. Antonio Rubio Navarro.
Concejales
Grupo Socialista
D. Maria Teresa Miranda Jiménez.
D. Gonzalo Rubio Sánchez.
D. Juan García Lorenzo.
Grupo Popular
D. Miguel Lucas Marín
Dña. María del Carmen Pérez Ramón.
Grupo I.U.
D. Jesús Rubio Caballero
D. Pedro González Rivas.
No asisten y no excusa
D. Juan de la Cruz Fernández González. P.P.
Secretario
D. Alberto Monzón de la Torre



En el salón de sesiones de la Casa Consistorial siendo las veinte horas del día treinta de Noviembre de 2.009 se reúnen los concejales citados más arriba al objeto de celebrar la sesión para la que habían sido previamente convocados, y abierto el acto por el Alcalde-Presidente comienza el debate sobre los asuntos incluidos en el orden del día, asuntos sobre los que recayeron los siguientes acuerdos.


PRIMERO:
LECTURA Y APROBACIÓN ACTA 28/09/2.009.

Dada cuenta de las referidas actas en orden a la posibilidad de los Sres. concejales de efectuar alguna observación a las mismas interviene el Sr. González Rivas, concejal del Grupo Municipal I.U. para indicar que se han omitido en el acta de referencia algunas preguntas que formuló en el punto correspondiente por lo que presentará las mismas por escrito en orden a que sean incorporadas al citado acta.

Con ésta matización el acta es aprobada por UNANIMIDAD.


SEGUNDO:
APROBACIÓN DEFINITIVA REGLAMENTO DEL CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL.

Se da cuenta de las modificaciones introducidas al texto inicial del Reglamento del Consejo Escolar Municipal, quedando el mismo como sigue en su texto definitivo:

REGLAMENTO DEL CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL

TÍTULO I: DE SU NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO

Artículo 1: Naturaleza

El Consejo Escolar Municipal es el órgano de consulta y participación de los sectores afectados en la programación de la enseñanza dentro de ámbito municipal.

Artículo 2: Régimen jurídico

La organización y el funcionamiento del Consejo Escolar Municipal se rige por lo que establece sobre órganos colegiados la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación, por el Decreto 325/2008, de 14-10-2008 y por el presente Reglamento y Reglamento Municipal de los Consejos Sectoriales del Ayuntamiento de Socovos aprobado en pleno de 26 de Noviembre de 2007, por este orden normativo.

TÍTULO II: COMPOSICIÓN Y COMPETENCIAS DEL CONSEJO ESCOLAR
MUNICIPAL Y COMPETENCIAS

Artículo 3: Composición del Consejo Escolar Municipal y competencias

El Consejo Escolar Municipal. lo integran aquellas personas que representan a la comunidad educativa en el municipio de Socovos y tendrá la siguiente composición:

Alcalde/sa o concejal/a en quien delegue.
1 profesor/a del Colegio Público “LEON FELIPE”
1 profesor/a del Colegio Público “ RAMON Y CAJAL”
1 profesor/a del I.E.S.O.
1 representante del C.R.A.E.R.
1 alumno/a del I.E.S.O. que será, preferentemente, el que represente a los alumnos en el Consejo Escolar del Centro o, en su defecto, el que designe la Asociación de alumnos, si estuviere constituída.
1 representante de la A.M.P.A. del Colegio Público “LEON FELIPE”
1 representante de la A.M.P.A del Colegio Público “ RAMON Y CAJAL”
1 representante de la A.M.P.A. de I.E.S.O.
1 representante de la administración educativa
1 representante de los servicios sociales con ámbito de actuación en la localidad.
1 secretario, que será un funcionario municipal, con voz pero sin voto.

Serán funciones del Consejo Escolar Municipal las siguientes cuestiones:
1. La elaboración de proyectos educativos de a localidad y la coordinación e incorporación de las ofertas formativas que desde la sociedad se dirijan a la comunidad educativa.
2. La programación de las actividades complementarias cuando estén relacionadas con el uso del entorno cercano; de las actividades extracurriculares y los planes de apertura.
3. La localización de las necesidades educativas, las propuestas de creación, supresión y sustitución de plazas escolares en el ámbito municipal, así como las de renovación de los centros escolares y la escolarización del alumnado.



4. La planificación de las actuaciones municipales que afecten al funcionamiento de los centros escolares en materia de limpieza, conservación, mantenimiento y reforma de instalaciones.
5. La programación de medidas dirigidas a colaborar en el fomento de la convivencia en los centros, a la igualdad entre hombres y mujeres y a la prevención del cumplimiento del principio de escolaridad obligatoria 6. La organización, de los servicios de transporte y de comedor.
7. La programación de la formación permanente de adultos en enseñanzas no regladas procurando enfocarla siempre desde un modelo abierto y social.
8. El fomento de las actividades tendentes a mejorar la calidad educativa.
9. Las acciones que fomenten los valores culturales propios de nuestra localidad, comarca y Región.
10. Fijar los criterios de prioridad en la política educativa municipal en función de las necesidades.
11. Coordinar los servicios que para los escolares existan en los ámbitos de la cultura, servicios sociales, actividades deportivas etc., con la actividad docente.
12. Elaborar y someter a la consideración municipal, propuestas en materia de Formación Profesional.
13. Elaborar propuesta de mejora del sistema educativo a través de iniciativas o enmiendas, encaminadas hacia un modelo educativo que responda a valores de ciudadanía democrática y que esté integrado en los ejes marcados por la normativa educativa de nuestra comunidad autónoma.
14. Cualquier otro cometido que dentro del ámbito educativo le sea conferido por el Ayuntamiento dentro del límite de sus competencias, o por las autoridades educativas.
El Consejo Escolar Municipal deberá elaborar una Memoria anual de sus actividades y un informe bianual sobre la situación educativa en el Municipio, que tendrán carácter público y deberán ser aprobados por el pleno. Asimismo, el Consejo Escolar Municipal podrá elevar a los órganos competentes según la materia, propuestas sobre aspectos del sistema educativo que afecten a los residentes en la misma.

Artículo 4: La Presidencia y sus competencias

La presidencia del Consejo Escolar Municipal corresponde al Alcalde/sa Presidente/a del Ayuntamiento de Socovos o concejal /a en quien delegue.
Son funciones de la Presidencia:
1.- Ejercer la dirección, representación y coordinación del Consejo Escolar Municipal.
2.- Fijar el orden del día, convocar y presidir las sesiones del Consejo, dirimir las votaciones en caso de empate y vigilar la ejecución de sus acuerdos.
3.- Autorizar informes y dictámenes y visar las actas así como las certificaciones que se expidan.
TÍTULO III: FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL

CAPÍTULO I: COMPOSICIÓN, FUNCIONES Y RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO

Artículo 5: De los Consejeros y Consejeras

1.- El mandato de los Consejeros y Consejeras será de cuatro años.
2.- Cada colectivo designará a dos personas, una como titular y otra como suplente, para que su nombramiento sea tramitado por el pleno municipal.
3.- En caso de ausencia del titular el suplente asumirá la representación de dicho colectivo, asumiendo plenamente sus competencias.
4.- Los Consejeros y Consejeras perderán su condición de miembros del Consejo Escolar Municipal por alguna de las siguientes causas:
4.1.- Terminación de su mandato.
4.2.- Cuando dejen de concurrir los requisitos que determinaron su designación.
4.3.- Revocación del mandato conferido por la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, cuando se trate de representantes de la Administración educativa y, en su caso, por las organizaciones que los designaron.
4.4.- Renuncia.
4.5.- Haber incurrido en penas que inhabiliten para el ejercicio de cargos públicos impuestas por sentencia firme sin que por ellas se haya obtenido la correspondiente rehabilitación.
4.6.- Incapacidad permanente que imposibilite el desempeño del cargo.

Artículo 6: Funcionamiento del Consejo Escolar Municipal

1.- El Consejo Escolar Municipal funciona en régimen de pleno y comisiones de trabajo. Entre sesiones plenarias se constituirá una comisión permanente que velará por el cumplimiento de lo acordado por el pleno.
2.- Las comisiones de trabajo se constituirán en el seno del pleno.

CAPÍTULO II: DEL PLENO

Artículo 7: Funcionamiento del pleno

1.- El pleno se reunirá de forma ordinaria dos veces al año y de forma extraordinaria siempre que lo solicite un tercio de sus miembros. La primera reunión ordinaria se hará al inicio del curso escolar con la finalidad de trazar los objetivos y planificar las actividades. La segunda se convocará a finales del mes de junio para analizar los resultados del curso escolar.

2.- El pleno será convocado por el/la Presidente/a al menos con 10 días hábiles, a iniciativa propia o a petición de un tercio de los miembros, y si existieran razones de urgencia, con 48 horas de antelación.

3.- El pleno del Consejo podrá solicitar la asistencia a sus reuniones de personas de reconocido prestigio y conocimientos, con voz pero sin voto.

4.- Todos los acuerdos adoptados por el pleno se trasladarán a los órganos o instituciones competentes en la materia para que se tomen las medidas oportunas con el fin de darle respuestas a éstas.

5.- El régimen de acuerdos del pleno será el de la mayoría absoluta. Si ésta no se obtuviera, bastaría la mayoría simple en una segunda votación, decidiendo, en caso de empate, el voto de la Presidencia. No obstante la comisión de trabajo podrá proponer en su dictamen sobre cualquier asunto, otro régimen de acuerdo diferente debidamente justificado y atendiendo a razones de importancia del asunto, el cual deberá ser ratificado con carácter previo por el Pleno, con el respaldo de la mayoría de los asistentes.

6.- El pleno quedará válidamente constituido cuando asistan el Presidente, el Secretario y la mayoría absoluta de sus miembros en primera convocatoria, y si no existiera quórum, el órgano quedará válidamente constituido si media hora después, y en segunda convocatoria, están la tercera parte de los miembros del consejo.

CAPÍTULO III: DE LAS COMISIONES DE TRABAJO Y EL FOMENTO DE LA
IGUALDAD

Artículo 8: Comisiones de trabajo y fomento de la igualdad

1.- El Consejo Escolar Municipal decidirá el número de comisiones de trabajo que deban elaborar informes y dictámenes.
2.- Como mínimo se constituirán las siguientes comisiones:
2.1.- Comisión de absentismo escolar.
2.2.- Comisión de mantenimiento de edificios e infraestructuras.
2.3.- Comisión de actividades extracurriculares y programas de atención al alumnado.

Además de estas comisiones, una persona del pleno será la encargada de impulsar medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

Dicha persona será propuesta por cualquiera de los componentes del pleno mayores de edad y su nombramiento se aprobará por mayoría simple.

Artículo 9: Función de las comisiones de trabajo

Corresponde a las comisiones preparar el despacho de los asuntos en los que deba informar al Consejo y podrán también ejercer la ponencia de sus asuntos ante éste.

Artículo 10: Composición de las comisiones de trabajo

1.-Las comisiones de trabajo estarán formadas al menos por los siguientes componentes:
Un representante del profesorado
Un representante de las AMPAS
Un representante de los alumnos
2.- La composición de las comisiones de trabajo así como la persona encargada de fomentar la igualdad entre sexos, se propondrá en el Consejo a partir de las adscripciones voluntarias de sus miembros a éstas.
3.- Asimismo podrán incorporarse para prestar asistencia técnica funcionarios o miembros del Consejo no inscritos inicialmente en la Comisión de la que se trate.


CAPÍTULO IV: DE LA ELABORACIÓN DE MEMORIAS, INFORMES Y ACTAS

Artículo 11: Memorias

El Consejo Escolar Municipal deberá elaborar una Memoria anual de sus actividades y un informe bianual sobre la situación educativa en el Municipio, que tendrán carácter público y deberán ser aprobados por el pleno. El informe y la memoria deberán remitirse al Ayuntamiento, a los centros educativos de SOCOVOS y a la Delegación Provincial de Educación y Ciencia a lo largo del primer trimestre del curso siguiente.
Los Consejos Escolares de Municipales podrán elevar a los órganos competentes según la materia, propuestas sobre aspectos del sistema educativo que afecten a los residentes en la misma

Artículo 12: Actas

1. De las sesiones del Pleno se levantará acta por el/la Secretario/a en la que deberá constar: 1.1.- Día, hora de comienzo y finalización de la sesión y lugar de celebración. 1.2.- Relación de asistentes, de quienes hayan excusado su asistencia y otras personas citadas, en su caso.
1.3.- Los asuntos que se traten en el Pleno.
1.4.- Los acuerdos adoptados y el resultado de las votaciones.
1.5.- El texto de los informes, estudios o declaraciones adoptadas.
1.6.- Las opiniones e intervenciones de los/as Consejeros/as, con referencia expresa a los intervinientes.
2. El acta será aprobada, en su caso, en el primer punto del orden del día de la siguiente reunión.
3. El acta será firmada por el/la Secretario/a con el visto bueno del/la Presidente/a e incorporada al libro de actas del Consejo Escolar Municipal.
4. Podrá aportarse por escrito, voto particular de aquellos Consejero/s que lo soliciten a efectos de constancia y justificación de sus posicionamientos.

DISPOSICIÓN FINAL

Este reglamento entrará en vigor una vez aprobado por el pleno del ayuntamiento de SOCOVOS y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia.

En SOCOVOS a 02 de Junio de 2.009

DILIGENCIA.- Para hacer constar que el presente Reglamento es aprobado por el Consejo Escolar Municipal en reunión del día veintiocho de septiembre de dos mil nueve.
EL FUNCIONARIO-SECRETARIO
DEL CONSEJO
Saturnino González Martínez

Visto y conocido el contenido de las modificaciones introducidas, el Pleno de la Corporación acuerda por UNANIMIDAD:

Primero y único: Aprobar de forma definitiva el REGLAMENTO DEL CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL.

TERCERO: AUTORIZACIÓN SUBCONTRATACIÓN CENTRO TURÍSTICO MUNICIPAL DE EL CAÑAR (ARRENDAMIENTO DE RESTAURANTE Y CAFETERIA),CONFORME A CLÁUSULA SÉPTIMA DEL CONTRATO DE GESTION DEL SERVICIO PUBLICO “CENTRO TURÍSTICO MUNICIPAL DE EL CAÑAR.

Se pone en conocimiento del Pleno de la Corporación del escrito registrado en el ayuntamiento en fecha 24 de Noviembre de 2.009 por D. Angel Miranda Lozano en representación de Grupo Río Rural S.L. y en su condición de adjudicatario del contrato para la gestión del servicio público Centro Turístico Municipal de El Cañar y, en virtud del cual, comunica al Ayuntamiento que ha procedido con fecha 18 de Noviembre de 2.009 a suscribir contrato de arrendamiento del restaurante y de la cafetería del Centro Turístico. Esta subcontratación la comunica en aplicación de la cláusula séptima párrafo 5 del contrato suscrito en fecha 6 de Julio de 2.009 para la gestión y explotación del servicio público Centro Turístico Municipal de El Cañar, cláusula que indica que:

Son derechos del concesionario: ...” La subcontratación parcial del centro, que estará sometida a previa autorización del Ayuntamiento de Socovos...”

Conocido el contenido de éste punto y pese a que la autorización debería haber sido previa a la suscripción, el pleno de la Corporación, no obstante, ACUERDA:

Primero: Tomar conocimiento, ratificar y autorizar la subcontratación del restaurante y cafetería del Centro Turístico.

Segundo: Comunicar el presente acuerdo al interesado.

CUARTO: EXPEDIENTE VIVIENDAS DE PROTECCIÓN PUBLICA:

Dejar sin efecto acuerdo de fecha 28/10/2.008 sobre cesión de solares a GICAMAN.
Examen y aprobación presupuesto presentado para elaboración proyecto básico y de ejecución de viviendas. Dotación presupuestaria para el ejercicio 2.010.

Se da cuenta del estado de tramitación sobre cesión gratuita de solares a la Empresa Pública GICAMAN, para construcción de viviendas de Protección Pública. Así, en fecha 28/10/2.008 se procedió a adoptar el acuerdo que, en referencia a éste punto, se incluye a continuación:

...” Finalizado el debate sobre ésta cuestión y conocido el contenido de éste punto el pleno de la Corporación ACUERDA por UNANIMIDAD:

Primero: Ceder gratuitamente a la Empresa Pública de Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha los siguientes solares de titularidad municipal en orden a la próxima construcción de Viviendas de Protección Oficial en Régimen de Protección Especial:

-Solar urbano en el municipio de Socovos con las siguientes características:

*Situación: C/ Pinico. Espalda calle Nueva.
*Superficie: 580 metros cuadrados.
*Linderos:
Norte: C/Cervantes.
Sur: C/Pinico.
Este: Joaquín Campos Sánchez.
Oeste: Juan Valero Burguillos.

Calificación: Bien con la calificación jurídica de patrimonial.
Inscripción: Tomo 799; Libro: 47; Folio: 224; Finca: 5.244. Registro de la Propiedad de Yeste.
Propiedad: Ayuntamiento de Socovos en pleno dominio careciendo de cargas y gravámenes.

- Solar urbano en el municipio de Socovos con las siguientes características:

Situación: C/ Hospital 13
Superficie: 100,20 metros cuadrados.
Linderos:

Norte: C/ Lope de Vega.
Sur: Ayuntamiento
Este: Herederos Rosa Martínez Sánchez
Oeste: Herederos Dolores Rivas Juárez.

Calificación: Bien con la calificación jurídica de patrimonial.
Inscripción: Tomo: 827; Libro: 49; Folio: 213; Finca: 5.400.
Propiedad: Ayuntamiento de Socovos en pleno dominio por título de segregación, careciendo de cargas y gravámenes.

Segundo: Someter el presente acuerdo a información pública conforme a lo prevenido en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (artículo 110.1 f ).

Pues bien se trae a la consideración plenaria el dejar sin efecto el citado acuerdo en orden a proceder directamente la Entidad Local a promover la construcción de las citadas viviendas de protección pública aplicando la normativa autonómica en ésta materia.

Igualmente se trae a la consideración del Pleno el presupuesto presenta por ROTO ARQUITECTOS con C.I.F. B-73518375 y por importe de 18.000 Euros y 2.880,00 Euros de IVA para la redacción del proyecto básico y de ejecución y dirección de obras para construcción de viviendas de protección Pública en Socovos.


Visto el contenido de éste punto el Pleno de la Corporación acuerda por UNANIMIDAD:

Primero: Dejar sin efecto el acuerdo de fecha 28/10/2.009 anteriormente indicado, procediendo el Ayuntamiento a la promoción de las mismas mediante convenio con la Consejería de Vivienda y Urbanismo.
Segundo: Comunicar éste acuerdo a la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda.
Tercero: Aprobar el presupuesto presentado por ROTO ARQUITECTOS para la redacción del proyecto básico y de ejecución y dirección de obras para construcción de viviendas de protección pública en Socovos, comprometiendo crédito a la partida correspondiente y por tal importe del ejercicio 2.010.

QUINTO: REAL DECRETO LEY 13/2.009, DE 26 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE CREA EL FONDO ESTATAL PARA EL EMPLEO Y LA SOSTENIBILIDAD LOCAL: APROBACIÓN, TRAS DICTAMEN DE LA COMISION DE OBRAS Y SERVICIOS, DE MEMORIAS PARA CONCURRIR AL COTADO FONDO:

Se da cuenta de la convocatoria efectuada mediante Real Decreto-Ley 13/2.009, de 26 de Octubre por el que se crea el nuevo fondo para el empleo y la sostenibilidad local.

Pues bien, se informa igualmente de las memorias elaboradas por los servicios técnicos municipales y para la concurrencia a la convocatoria del citado fondo y consistentes en las siguientes inversiones:


1- Construcción Centro de Atención a la Infancia. C/ Parada 2, por importe de OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUATRO EUROS (85.404,00 Euros).
Ejecución Material: 81.344, 00 Euros.
Gastos Redacción proyecto y Dirección de Obra: 4.060,00 Euros.
2- Adecuación y Mejora de sectores de Alumbrado Público en Socovos, (sustitución de lámparas de vapor de mercurio por halogenuro metálico, sustitución de balastros existentes por electrónicos de doble nivel, sustitución de interruptores crepusculares por interruptores


astronómicos) por importe de SESENTA Y UN MIL SEIS EUROS CON SETENTA Y DOS CENTIMOS DE EURO (61.006,72 EUROS).
3-Adecuación y Mejora Edificios Municipales. (sustitución tejas Casa de Cultura, colocación de persianas en ventanas de ambas fachadas, acondicionamiento y pavimentación con hormigón de acceso lateral, colocación de compactos exteriores para edificio Ayuntamiento), por importe de DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA EUROS CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS DE EURO (18.430, 66 Euros).
4-Adecuación y Mejora de Local de la Tercera Edad en Tazona. C/ Los Angeles, (limpieza de tejado con sustitución de tejas en mal estado, construcción de cámara de aire y acondicionamiento de vía pública colindante. por importe de NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES EUROS CON TREINTA Y OCHO CENTIMOS DE EURO (9.953,38 Euros).
5- Instalación de Red Wifi en los Municipios de Socovos (AB) y Férez (AB), mediante convenio entre las dos Entidades Locales:
Coste Total de la Instalación:39.638,36 Euros.
Aportación Ayuntamiento de Socovos (AB): 28.499,98 Euros.
Aportación Ayuntamiento de Férez (AB): 11.138,38 Euros.
6. Mejora de las cualidades de ahorro energético en dependencias municipales (sustitución de caldera de gasoil por caldera de biomasa, pequeñas actuaciones de albañilería a fin de minimizar puentes térmicos en las fachadas, reparaciones de carpintería de madera con excesivo paso de rendija), por importe de SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON SETENTA CENTIMOS DE EURO (6.649,70 Euros).

Solicita el Sr. Lucas (portavoz del P,P.) que ...”las adjudicaciones se efectúen de forma clara y se de la oportunidad a todos los empresarios de la localidad...”, respondiendo el Sr. Alcalde que ...”las empresas de Tazona no licitaron a las obras en el Fondo de 2.009...”

Interviene igualmente el Sr. González Rivas (Grupo I.U.) para indicar que debe exigirse el cumplimiento estricto del Plan de Seguridad y Salud.
Además en relación a la actuación sobre el alumbrado pregunta que ...”dónde se van a instalar las luminarias...”, respondiendo el Alcalde que ...”va a quedarse prácticamente terminada la sustitución de todas las luminarias de la localidad....” pero que la preferencia será donde haya mayor número de vecinos que puedan beneficiarse de la instalación....”

Considerando el informe favorable emitido por la Comisión Informativa de Obras, Servicios, Urbanismo y Medio Ambiente en su reunión de fecha 23/11/2.009, el Pleno de la Corporación acuerda por UNANIMIDAD:

Primero: Aprobar las citadas memorias valoradas cuyo importe total asciende a DOSCIENTOS NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS DE EURO (209.944,44 Euros).

Segundo: Remitir el presente acuerdo junto con la documentación exigida en la convocatoria y en la forma que se indica en la misma.

SEXTO: ACUERDO PLENARIO SOBRE PARTICIPACIÓN EN EL PLAN PROVINCIAL DE COOPERACIÓN A LAS OBRAS Y SERVICIOS 2.010 Y SUS REMANENTES DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE

Visto el contenido de éste punto el Pleno de la Corporación acuerda por UNANIMIDAD:




Primero: Solicitar con cargo a los citados Planes Provinciales la continuación de la obra iniciada en el ejercicio anterior, es decir, PAVIMENTACIÓN DESDE LA CARRETERA A LOS OLMOS (continuación de la del ejercicio 2.009 pavimentación desde Pza. de Castilla-la Mancha a la carretera).

Segundo: Comunicar el presente acuerdo a la Excma. Diputación Provincial de Albacete.


SÉPTIMO: DAR CUENTA DE GESTIONES Y RESOLUCIONES DE ALCALDÍA.

Da cuenta la presidencia de las que siguen:

1-Expediente RENCOBA ENERGIAS ALTERNATIVAS. El Ayuntamiento terminó de tramitar la documentación correspondiente y sigue pendiente del Ministerio de Industria en Madrid.

2-Carretera del Puente de Híjar. Existe ya un acuerdo entre Confederación y Diputación para acometer obras por importe de 4.2 millones de Euros. El expediente de contratación y adjudicación lo tramitará Diputación y pagará la Confederación. Además sobre éste tema incide en que desde su toma de posesión ha realizado gestiones y ha celebrado reuniones con Subdelegación, Diputación y Confederación sobre el particular.

3- En relación a la empresa Aqualia, alude a deuda existente con el Ayuntamiento, además de deficiencias en certificación de obra presentada en la que parece que hay partidas de obra no ejecutadas. Igualmente ha sido remitido escrito a la Agencia Estatal de Protección de Datos en el que se pone en conocimiento las dificultades que está planteando la antigua concesionaria para la entrega de determinados datos que son necesarios para la nueva empresa adjudicataria.

En referencia a las resoluciones han sido repartidas a los portavoces junto con la convocatoria por lo que se dan por conocidas.

OCTAVO: RUEGOS Y PREGUNTAS:

Se producen los que siguen:

Sr. Rubio Caballero. (I.U.):

a) Reitera el estado de la Escombrera. Sobre éste tema indica el Sr. Alcalde que vinieron de Medio Ambiente y el terreno propuesto no era adecuado. Hacen falta 3.000 m para el 2.010.
b) Reitera el estado del cableado fachadas. Indica el Alcalde que se están arreglando algunos.
c) Solicita que en el actual proyecto que está ejecutando la Fuente de El Partidor se incluya acometida para el campo de fútbol.El Alcalde está de acuerdo.
d) Solicita de vea la posibilidad de adquisición de aparatos de movilidad para personas de la tercera edad .
e) El servicio de recogida de basura está resultando nefasto.
f) Solicita se impulse el expediente sobre carretera Socovos- Benizar.
g) Solicita se proceda a marcar líneas con pintura en aparcamientos.

Sr. González Rivas. (I.U.).

a) Mal estado del vertedero de Socovos.
b) Estado del asunto de la granja de Tazona. Indica el Alcalde que habló con el propietario y está a la espera de subvención de la Junta.
c) En la C/ Iglesia en la bajada del Castillo hay árboles con ramas secas. Debe procederse a su poda. Indica el Alcalde que la época de poda es Diciembre o Enero.
d) Insiste en el asunto de la petición del punto limpio a Diputación. Responde el Alcalde que reiterará la petición a Diputación.
e) Mal estado de muchos caminos rurales de la localidad.
f) Alude al peligro de los corrales de la plaza de Tazona. Convendría poner candados. Indica el Alcalde que se pondrán.
g) Solicita se vea la posibilidad de que el importe de la recogida de los residuos sólidos se retraigan directamente de los tributos municipales para su pago a la empresa adjudicataria.
h) Solicita se pida la limpieza del pantano de Tazona a Confederación. Se trató ya éste tema con la Confederación y se reiterará durante 2.010.

Sr. Lucas Marín (P.P.).

a) Alude a escasa potencia en el suministro eléctrico.
b) Considera igualmente asunto preocupante el estado del servicio de recogida de residuos urbanos.
c) Solicita relación de pagos efectuados con la operación de refinanciación. Indica que está hecho y a disposición de los Sres. concejales.

Y, no habiendo más asuntos de los que tratar la Alcaldía da por finalizado el acto levantándose la sesión a las veintiuna horas veinte minutos de todo lo cual como Secretario DOY FE-------------


VºBº
EL ALCALDE-PRESIDENTE



Fdo: Antonio Rubio Navarro.

viernes, 16 de abril de 2010

ACTA 28 DE SEPTIEMBRE DE 2009

ACTA DE LA SESION ORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EL DIA VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL NUEVE.


Asistentes
Alcalde-Presidente
D. Antonio Rubio Navarro.
Concejales
Grupo Socialista
D. Juan García Lorenzo.
Grupo Popular
D. Miguel Lucas Marín
Dña. María del Carmen Pérez Ramón.
Grupo I.U.
D. Jesús Rubio Caballero
D. Pedro González Rivas.
No asisten y excusan
Dña. María Teresa Miranda Jiménez. P.S.O.E.
D. Gonzalo Rubio Sánchez. P.S.O.E.
D. Juan de la Cruz Fernández González. P.P.
Secretario
D. Alberto Monzón de la Torre



En el salón de sesiones de la Casa Consistorial siendo las veintiuna horas del día veintiocho de Septiembre de 2.009 se reúnen los concejales citados más arriba al objeto de celebrar la sesión para la que habían sido previamente convocados, y abierto el acto por el Alcalde-Presidente comienza el debate sobre los asuntos incluidos en el orden del día, asuntos sobre los que recayeron los siguientes acuerdos.


PRIMERO:
LECTURA Y APROBACIÓN ACTAS 27/07/2.009, 04/08/2.009 y 10/08/2.009.

Dada cuenta de las referidas actas en orden a la posibilidad de los Sres. concejales de efectuar alguna observación a las mismas interviene el Sr. González Rivas, concejal del Grupo Municipal I.U. para indicar que se han omitido en el acta de fecha 27/07/2.009 algunas preguntas que formuló en el punto séptimo por lo que presentará las mismas por escrito en orden a que sean incorporadas al citado acta.


Con ésta matización las actas son aprobadas por UNANIMIDAD.


SEGUNDO:
DETERMINACIÓN DIAS FESTIVOS LOCALES 2.010. DETERMINACIÓN DIAS NO LECTIVOS A EFECTOS DE CALENDARIO ESCOLAR Y A PROPUESTA DE CONSEJOS DE LOS CENTROS EDUCATIVOS.

Se propone lo que sigue:

1- Días festivos locales 2.010: 3 de mayo y 6 de Agosto.


2- Además teniendo en cuenta lo establecido en la resolución de 05/06/2.009 de la Dirección General de Organización y Servicios Educativos, por la que se fijan el principio y el final de las actividades lectivas de las enseñanzas no universitarias, así como el día de la enseñanza para el año académico 2.009-2.010, en su artículo segundo, apartado 2, es necesario la elevación de propuesta por parte del Ayuntamiento a la Delegación Provincial respecto a las fechas fijadas para la localidad por el Consejo Escolar Municipal, el cual propone al Pleno el establecimiento como días no lectivos a efectos escolares (curso 2.009-2.010):

- 2 de Noviembre de 2.009.
- 3 de Mayo de 2.010

Ambas propuestas quedan aprobadas por UNANIMIDAD.


TERCERO:
DAR CUENTA GESTIONES Y RESOLUCIONES DE ALCALDÍA DESDE ANTERIOR PLENO ORDINARIO.

Da cuenta el Alcalde-Presidente de forma sucinta de las gestiones efectuadas desde el anterior pleno ordinario así como de estado de algunos expedientes de interés:

1- La obra relativa a la conducción de abastecimiento en El Cañar, que se está ejecutando mediante convenio entre la Junta- Diputación y Ayuntamiento se encuentra bastante avanzada y se tiene prevista su finalización para el mes de Noviembre.
2- Las actuaciones subvencionadas ésta anualidad con cargo al F.A.E. ya se han terminado, facturado y justificado ante la Delegación de la Junta para ingreso del importe correspondiente a las mismas.
3- También ha finalizado la obra correspondiente al Castillo subvencionada por la Consejería de Cultura y por importe de 18.000 Euros, encontrándose igualmente facturada y remitida su justificación a la delegación correspondiente.
4- Se ha procedido a trasladar el museo etnográfico a las dependencias adecuadas en el Castillo y se está realizando una exposición de fotografía.
5- Ya se han iniciado todas las obras correspondientes al Fondo Estatal de Inversión Local, estando finalizadas algunas de ellas y pendientes de ejecución las obras de mejora.
6- También se ha dado inicio a la obra correspondiente al Plan de Obras y Servicios 2.008 para la adecuación de las C/ Serrano y Terreras del Municipio.
7- Se ha procedido al arreglo del reloj de la Plaza de la Villa, para el cual la Diputación ha concedido a éste Ayuntamiento una subvención por importe de 1.000 Euros.
8- Finalmente, informa el Alcalde que se ha procedido a terminar la contratación de trabajadores seleccionados con cargo al Plan Especial de Empleo en Zonas Rurales Deprimidas 2.009.

Respecto a las Resoluciones dictadas por la Alcaldía desde el anterior pleno ordinario y al haber sido repartidas junto con la convocatoria a los portavoces de los grupos se dan por conocidas.


CUARTO:
RUEGOS Y PREGUNTAS.



Se formulan las que siguen:

Sr. Rubio Caballero (I.U.):

1- Estado lamentable de los cables de suministro eléctrico colgando de las fachadas.
2- Deficiente iluminación del alumbrado en diversas calles de la localidad y en la carretera.
3- Se sigue sin colocar “el cepo” a los vehículos que se encuentran mal estacionados.
4- Pregunta si se ha solicitado la declaración de zona catastrófica “por la tromba de agua reciente”.

Sr. González Rivas (I.U.):

1- Pregunta si se está cumpliendo en las obras del Plan E, el Plan de seguridad y prevención de riesgos.
2- Alude al mal estado de los jardines y zonas verdes en general.
3- Estado muy deteriorado del camino de la depuradora.
4- Pregunta sobre si en relación a los caminos vecinales su mantenimiento es municipal o particular y dado su mal estado en general.
5- Incide en el mal estado de los corrales de la Plaza de Tazona, los cuales requieren adecuación urgente.
6- Alude igualmente al mal estado del alumbrado en diversas zonas del municipio.
7- Incide sobre el penoso estado de la C/ Casa del Cerro.

Sr. Lucas Marín (P.P.):

1- Solicita se elabore un listado con las facturas abonadas con cargo a la operación de refinanciación de deuda e ingresos extraordinarios procedentes de la concesión del servicio de abastecimiento y saneamiento, del cual ha sido adjudicatario AQUAGEST.
2- Solicita información sobre el estado de tramitación del expediente de RENCOBA ENERGIAS ALTERNATIVAS.
3- Considera se deben repartir de otra forma (en el tiempo) las contrataciones de los planes de empleo.
4- Incide igualmente en el estado deficiente del alumbrado público.
5- Solicita información sobre el funcionamiento del Grupo de Protección Civil, dado que no han prestado servicio en las Fiestas de Tazona.

Interviene a continuación el Alcalde-Presidente para dar respuesta a las citada preguntas y ruegos.

1-En referencia al estado de la iluminación pública del municipio efectivamente todavía es deficiente, aunque se está acometiendo su mejora y ejecutando la auditoría efectuada por Ingenia en el ejercicio pasado, por lo que el Ayuntamiento está incorporando anualmente partidas presupuestarias que junto con las subvenciones de la Junta de Comunidades están permitiendo la mejora del mismo. Por otra parte éste año se tiene previsto la incorporación de una memoria con cargo a los nuevos Fondos Estatales para continuar y avanzar en la sustitución de todo el alumbrado público de la localidad.

2-Respecto a la declaración de zona catastrófica, conforme a lo indicado por Subdelegación ésta no procedía por lo que se optó por solicitar subvención para la adecuación de las zonas públicas dañadas, concretamente a la Delegación de la Junta y por importe de aproximadamente 60.000 Euros, encontrándose el expediente a la espera de Resolución.




3- En relación al no uso de los cepos, es cierto que no se ha puesto en marcha ésta previsión de la ordenanza. Se verá con el policía local cómo se puede poner en práctica ésta cuestión.

4-No hay problema en la elaboración de un listado en relación a los pagos realizados con la operación de refinanciación e ingresos extraordinarios procedentes de la concesión del servicio de abastecimiento.

5-En relación al funcionamiento de la Agrupación de voluntarios de protección civil y el por qué no participó en los festejos de Tazona, recabará la información del responsable y se informará oportunamente.

6-En relación a los planes de empleo y la solicitud de que se planifiquen de otra forma las contrataciones indica que el problema de ésta anualidad ha sido que se han desajustado las fechas de las resoluciones de otorgamiento.

7-En relación al estado de tramitación del expediente de RENCOBA ENERGIA ALTERNATIVAS, finalizó en Enero la tramitación municipal y autonómica del expediente, encontrándose éste en la Administración Central (Secretaría de Estado correspondiente) pendiente de Resolución.

8-En relación al estado de los corrales considera que lo correcto es si se llega a acuerdos con los colindantes ampliarlos.

9-En referencia al cumplimiento del plan de seguridad y salud y prevención de riesgos en las obras del F.E.I.L. , indica que los adjudicatarios por contrato han sido notificados de la obligación de cumplir el citado plan.


Y, no habiendo más asuntos de los que tratar el Alcalde-Presidente da por finalizado el acto levantándose la sesión a las veintidós horas y doce minutos de todo lo cual como secretario DOY FE.

VºBº
EL ALCALDE-PRESIDENTE




Fdo: Antonio Rubio Navarro.

ACTA 10 DE AGOSTO DE 2009

ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EL DIA DIEZ DE AGOSTO DE DOS MIL NUEVE.


Asistentes
Alcalde-Presidente
D. Antonio Rubio Navarro.
Concejales
Grupo Socialista
D. Gonzalo Rubio Sánchez
Dña. María Teresa Miranda Jiménez.
D. Juan García Lorenzo.
Grupo Popular
D. Miguel Lucas Marín
Grupo I.U.
D. Pedro González Rivas.
No asiste y no excusan
Maria del Carmen Pérez Ramón
D. Juan de la Cruz Fdez. González. P.P.
D. Jesús Rubio Caballero. I.U.
Secretario
D. Alberto Monzón de la Torre


En el salón de sesiones de la Casa Consistorial siendo las diez horas del día diez de Agosto de 2.009 se reúnen los concejales citados más arriba al objeto de celebrar la sesión para la que habían sido previamente convocados, y abierto el acto por el Alcalde-Presidente comienza el debate sobre los asuntos incluidos en el orden del día, asuntos sobre los que recayeron los siguientes acuerdos.

PRIMERO:
REVISIÓN ACUERDO PLENARIO EN REFERENCIA A ORGANIZACIÓN MUNICIPAL DE FESTEJOS POR EL AYUNTAMIENTO PARA ALDEAS 2.009:
-Programación General y días, horarios y tipos de festejos taurinos a celebrar, así como determinación sobre solicitud ciclo de festejos. Memoria de los encierros a celebrar. Presupuesto de tal programación. Autorización gestión expediente.

Se da cuenta del nuevo presupuesto elaborado y de la programación para las Fiestas a celebrar en las Aldeas 2.009. (se une al presente acta para su constancia).

Interviene el Sr. González Rivas (I.U.), para indicar que ...”sigue siendo un presupuesto muy corto si se tiene en cuenta que la partida presupuestaria para festejos se ha incrementado un 21% y este incremento no ha repercutido en las Aldeas...”.

En el mismo sentido se pronuncia el Sr. Lucas Marín (P.P.), indicando así que ”...sigue sin ser proporcional entre Socovos y las Aldeas...” y que ...”para ser proporcional debería aportarse entre 41.000 y 45.000 Euros....” . Alude igualmente a que el Alcalde ...” se ha dedicado a meter miedo a los ciudadanos con que no va a haber fiestas...” Está de acuerdo en la programación pero no en el presupuesto, considerando que éste ...”puede ser ilegal...”.



Interviene el Alcalde para indicar que ...” el Gobierno Municipal no mete miedo sino que transmite a la población que no ha habido acuerdo respecto a las fiestas y que por tanto de momento no se puede remitir el expediente a la Delegación de la Junta....” Añade que ...”la oposición tiene posturas muchas veces demagógicas como en el caso de la expropiación del pozo de Tazona, votando no a la expropiación o votando en contra el presupuesto de las fiestas....”

Reitera la Alcaldía el nuevo presupuesto presentado indicando además que hay que añadir el importe de la subasta del “chiringuito” de Tazona y la recaudación de los puestos de la vía pública que es una recaudación municipal, por lo que el presupuesto es en realidad mucho mayor. Insiste igualmente en que ..”el presupuesto para las fiestas de Tazona se ha ido incrementando año tras año desde 2.006...” y que si considera el Sr. Lucas que es ilegal pues que interponga un recurso contra el mismo...”


Finalizado el debate sobre éste punto el pleno de la Corporación acuerda por CUATRO VOTOS A FAVOR (Grupo Municipal P.S.O.E.) y DOS EN CONTRA (P.P. e I.U.):

Primero: Aprobar el presupuesto y la programación para las fiestas de las Aldeas 2.009.

Segundo: Remitir el expediente relativo a la organización de los Festejos Taurinos a la Delegación de la Junta en orden al otorgamiento de la preceptiva autorización para la celebración de los mismos.


Y, no habiendo más asuntos de los que tratar la Presidencia da por concluida la sesión levantándose la misma a las diez horas veinticinco minutos de todo lo cual como Secretario DOY FE. ----------------------------.

VºBº
EL ALCALDE-PRESIDENTE



Fdo: Antonio Rubio Navarro

ACTA 4 DE AGOSTO DE 2009

ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA Y URGENTE DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EL DIA CUATRO DE AGOSTO DE DOS MIL NUEVE.


Asistentes
Alcalde-Presidente
D. Antonio Rubio Navarro.
Concejales
Grupo Socialista
Dña. María Teresa Miranda Jiménez.
D. Juan García Lorenzo.
Grupo Popular
D. Miguel Lucas Marín
Dña. María del Carmen Pérez Ramón.
Grupo I.U.
D. Pedro González Rivas.
No asiste y no excusan
D. Gonzalo Rubio Sánchez. P.S.O.E
D. Juan de la Cruz Fdez. González. P.P.
D. Jesús Rubio Caballero. I.U.
Secretario
D. Alberto Monzón de la Torre


En el salón de sesiones de la Casa Consistorial siendo las veinte horas del día cuatro de Agosto de dos mil nueve se reúnen los concejales citados más arriba al objeto de celebrar la sesión para la que habían sido previamente convocados, y abierto el acto por el Alcalde-Presidente comienza el debate sobre los asuntos incluidos en el orden del día, asuntos sobre los que recayeron los siguientes acuerdos.

PRIMERO:
RATIFICACIÓN DEL CARÁCTER URGENTE DE LA SESION.

Se ratifica el carácter urgente de la sesión con los votos favorables de los representantes presentes del P.S.O.E. (Sr. Rubio Navarro, Sra. Miranda Jiménez y Sr. García Lorenzo) y del P.P. (Sr. Lucas Marín y Sra. Pérez Ramón) y en contra del representante de I.U. (Sr. González Rivas).

SEGUNDO:
ACUERDO PLENARIO EN REFERENCIA A ORGANIZACIÓN MUNICIPAL DE FESTEJOS POR EL AYUNTAMIENTO PARA ALDEAS 2.009:
-Programación General y días, horarios y tipos de festejos taurinos a celebrar, así como determinación sobre solicitud ciclo de festejos. Memoria de los encierros a celebrar. Presupuesto de tal programación. Autorización gestión expediente.

Se da cuenta del presupuesto y de la programación para las Fiestas a celebrar en las Aldeas.


PRESUPUESTO FESTEJOS TAZONA-LOS OLMOS-CAÑADA BUENDIA 2.009




INGRESOS

Concepto
Previsión
Aportación Municipal
35.097 E
Diputación Provincial
425 E
TOTAL
35.522 E

GASTOS

Concepto

Seguros para autorización preceptiva
Previsión
Seguro R.C. y Accidentes
2.457 E
Veterinarios
3.590 E
Médicos y Ambulancias
4.050 E
Novillero y ayudante
2.000 E
Seguridad Social
2.634 E
Honorarios gestión
700 E
TOTAL
15.431 E
Otros

Verbenas
COMISION
Ganado
20.091 E
Fuegos Artificiales
COMISION
Varios
COMISION
TOTAL
35.522 E

Se une igualmente copia de la programación presentada.

Interviene el Sr. González Rivas (I.U.), para indicar que se trata de un presupuesto ...”muy corto...” que no respeta la proporcionalidad del gasto entre Socovos y las aldeas por lo que su voto va a ser en contra.

En el mismo sentido se pronuncia el Sr. Lucas Marín (P.P.), indicando así que ...”no es la parte proporcional que corresponde a las aldeas....” A su juicio ...”como mínimo le corresponderían 40.000- 41.000 Euros...” ...” No se pueden hacer unas fiestas con 35.000 Euros.

El Alcalde-Presidente indica que éste es el contenido del acuerdo con la Comisión de Fiestas. El Ayuntamiento paga el ganado y los permisos y la Comisión las actuaciones musicales y el resto de los gastos que origine las fiestas. Así el importe del compromiso municipal (ganado y seguros) asciende a 35.522 Euros. Incide además y, al respecto de la desproporción a la que aluden los concejales del P.P e I.U., que ya ha habido a lo largo del ejercicio otras aportaciones
presupuestarias a festejos realizados en las aldeas, por lo que el gasto en festejos en las aldeas éste año 2.009 es superior.

Además añade el Alcalde-Presidente que en el ejercicio 2.007 había una aportación para las aldeas de alrededor de 18.000 habiéndose duplicado por tanto la aportación del Ayuntamiento a las fiestas de las aldeas en 3 ejercicios.



Reiteran los concejales de I.U. y P.P. la desproporción entre el gasto de Socovos y el gasto de las Aldeas en festejos, añadiendo además el Sr. Gonzáles Rivas que no es cierta la existencia de una factura de carpalicante por importe de 8.120 Euros.

Finalizado el debate sobre éste punto el pleno de la Corporación acuerda por

UN VOTO A FAVOR: Sr. Rubio Navarro. (P.S.O.E.).
TRES EN CONTRA: Sr. Lucas Marín (P.P.). Sra. Pérez Ramón (P.P.). Sr. González Rivas (I.U.).
DOS ABTENCIONES: Sra. Miranda Jiménez (P.S.O.E.). Sr. García Lorenzo (P.S.O.E.).

Primero: Rechazar el presupuesto y programa elaborado con motivo de la celebración de las Fiestas patronales de Tazona, Los Olmos y Cañada Buendía.

SEGUNDO:
NOMBRAMIENTOS REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES.

Propone el Alcalde los siguientes nombramientos en aplicación del citado Reglamento:

D. Antonio Rodríguez Sánchez. Vecino distinguido. (mayor del año).
D. Pedro Sánchez Alvarez. Hijo Predilecto.
D. Justo Gimeno Gómez. (Hijo adoptivo).

Vista la propuesta éste resulta APROBADA con los votos favorables del Grupo Municipal Socialista, en contra de I.U. y la abstención de los concejales del P.P.

Y, no habiendo más asuntos de los que tratar la Presidencia da por concluida la sesión levantándose la misma a las veintiuna horas cinco minutos, de todo lo cual como secretario doy fe----------------------------.

VºBº
EL ALCALDE-PRESIDENTE



Fdo: Antonio Rubio Navarro

ACTA 27 DE JULIO DE 2009

ACTA DE LA SESION ORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EL DIA VEINTISIETE DE JULIO DE DOS MIL NUEVE.


Asistentes
Alcalde-Presidente
D. Antonio Rubio Navarro.
Concejales
Grupo Socialista
Dña. María Teresa Miranda Jiménez.
D. Gonzalo Rubio Sánchez.
D. Juan García Lorenzo.*
Grupo Popular
D. Miguel Lucas Marín
Dña. María del Carmen Pérez Ramón.
Grupo I.U.
D. Jesús Rubio Caballero
D. Pedro González Rivas.*
No asiste y excusa
D. Juan de la Cruz Fernández González. P.P.
Secretario
D. Alberto Monzón de la Torre

El Sr. García Lorenzo concejal del P.S.O.E. se incorpora a las 21:10 horas durante el debate del punto 2.
El Sr. González Rivas concejal de I.U. se incorpora a las 21:14 horas durante el debate del punto 3.

En el salón de sesiones de la Casa Consistorial siendo las veintiuna horas del día veintisiete de Julio de dos mil nueve se reúnen los concejales citados más arriba al objeto de celebrar la sesión para la que habían sido previamente convocados, y abierto el acto por el Alcalde-Presidente comienza el debate sobre los asuntos incluidos en el orden del día, asuntos sobre los que recayeron los siguientes acuerdos.

PRIMERO:
LECTURA Y APROBACIÓN ACTAS 25/05/2.009, 16/06/2.009 y 16/07/2.009.

Dada cuenta de las referidas actas en orden a la posibilidad de los Sres. concejales de efectuar alguna observación a las mismas y no produciéndose ninguna éstas resultan aprobadas.

SEGUNDO:
APROBACIÓN INICIAL REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO, UTILIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS PISCINAS MUNICIPALES.

Se incorpora el Sr. García Lorenzo (P.S.O.E.), siendo las 21:10 horas .

Explica el Alcalde-Presidente que el borrador de Reglamento de las piscinas municipales entregado a los concejales pretende dotar de una regulación y un marco jurídico básico en ésta materia. Incorpora una regulación de las infracciones y de las sanciones a imponer como consecuencia de la comisión de las mismas.



Su contenido es el siguiente:

Artículo 1.

Se encuentran adscritas a este Reglamento las Piscinas Públicas Municipales de SOCOVOS y TAZONA así como las instalaciones anejas, y las mismas están al servicio de todos los ciudadanos para el disfrute de su tiempo libre, con fines recreativos o de aprendizaje.

Artículo 2.

El aforo máximo de usuarios en las instalaciones de las piscinas será el establecido en cada uno de los proyectos técnicos, siempre de acuerdo a la normativa vigente en cada momento sobre el particular.

Las normas de funcionamiento de las Piscinas serán las establecidas en el Decreto 216/1999, de 19 de octubre por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas de uso público y cualquier otra normativa sectorial que le resulte de aplicación.

Artículo 3.

Será obligatorio utilizar la ducha antes de la inmersión en el agua de la piscina.

Artículo 4.

Serán obligatorio el uso de «chancletas» o calzado de baño personal en la zona de baño y en los vestuarios.

Artículo 5.

Es de uso obligatorio la utilización de bañador para todos los usuarios.

Artículo 6.

Queda prohibida la entrada en la zona reservada a bañistas a personas que padezcan alguna enfermedad transmisible, especialmente afecciones cutáneas sospechosas o heridas abiertas. Si el personal de las instalaciones tuviera fundadas sospechas de que algún usuario padece alguna enfermedad de este tipo podrá exigir una autorización médica por escrito para el acceso a la piscina.

Artículo 7.

Quedará prohibida la entrada a todas aquellas personas que no presenten las condiciones higiénicas y sanitarias adecuadas para la inmersión en el agua.

Artículo 8.

Está totalmente prohibido fumar en cualquiera de las dependencias de la instalación excepto cafetería.

Artículo 9.

Para permitir el acceso de niños menores de 14 años a nado libre, deberán ir acompañados por una o más personas mayores de edad. Si demuestras saber nadar, suficientemente, podrán acceder con una autorización paterna por escrito.

Artículo 10.

Los usuarios de la piscina quedarán obligados a atender las indicaciones de las personas encargadas del control de la instalación (socorrista/monitor/otros), en todo momento. Un comportamiento antisocial supondrá la expulsión del recinto al infractor, por el tiempo que se determine.

Artículo 11.

Los espectadores, visitantes y/o acompañantes frecuentarán únicamente las áreas reservadas a los mismos, empleado para esto acceso específico.

Artículo 12.

No está permitido correr por la zona de playa, ni lanzarse al agua de cabeza en carrera o desde las banquetas de salida.

Artículo 13.

Queda prohibido comer y beber en la zona de playa reservada a los bañistas y en los vestuarios.

Artículo 14.

Queda prohibido echar desperdicios dentro del recinto de las instalaciones, debiendo emplear las papeleras y otros recipientes destinados a tal efecto.

Artículo 15.

Se prohibe la entrada de animales en todas las instalación.

Artículo 16.

Todos los usuarios de la instalación, excepto los grupos organizados, tendrán derecho a utilizar las taquillas guardarropa, si los hubiere, con la obligación de dejar en recepción el carnet de abonado o cursillista u otro documento de identificación.

Artículo 17.

Los grupos de natación escolar vendrán siempre acompañados de un responsable de la entidad o Asociación organizadora, salvo en el caso de los organizadores por el propio Ayuntamiento o cualquiera de sus servicios, que deberán ser acompañados y recogidos por cualquiera de sus padres o personas encargadas por ellos a tal fin.

Artículo 18.

Todo usuario que emplee las taquillas, si las hubiere, deberá dejarlas vacías al término de la actividad. Por tanto, queda prohibido guardar una taquilla exclusivamente para uso personal. Las taquillas que permanezcan cerradas al término de la jornada serán abiertas y vaciadas por el personal de la piscina.

Artículo 19.

Los objetos olvidados en algún lugar de la instalación, permanecerán en recepción por plazo de 15 días. Transcurrido el mismo sin que sea reclamado por su propietario, la dirección enviará dichos objetos al lugar que legalmente proceda.

Artículo 20.

Todo desperfecto ocasionado a las instalaciones obligará al causante del mismo a sufragar económicamente su reposición o reparación.

Artículo 21.

Está prohibido entrar con ropa o calzado de calle en la zona de baño.

Artículo 22.

Toda lesión física o accidente que se produzca en la instalación será comunicada antes de abandonar la misma.

En caso de que le servicio de la Piscina sea objeto de concesión administrativa, siempre que el motivo de la lesión sea la negligencia del personal o defectos de la instalación, los gastos correrán a cargo del seguro de la empresa concesionaria.

Artículo 23.–Pérdida de la condición de usuario.

El incumplimiento de las obligaciones que se derivan de la condición de usuario, podrá llevar consigo la pérdida de tal condición, conforme a lo previsto en el presente Reglamento.

Artículo 24.–Incumplimientos leves.

Se considerará leve:
1. El incumplimiento de alguna de las obligaciones de los usuarios, cuando su consecuencia no de lugar a la calificación de grave.
2. El trato incorrecto a cualquier usuario, personal técnico, etc.
3. Causar daños leves de forma voluntaria a las instalaciones, material o equipamiento de las mismas.

Artículo 25.–Incumplimientos graves.

Se considerará como grave:
1. El incumplimiento reiterado de alguna de las obligaciones de los usuarios.
2. Causar daños graves de forma voluntaria a la instalación, material o equipamiento de la misma.
3. Originar por imprudencia o negligencia accidente graves a sí mismo o a otras personas.
4. El falsear intencionadamente los datos relativos a la identidad, edad, estado de salud, etc. y la suplantación de identidad.
5. La reincidencia e incumplimientos resueltos como leves.

Artículo 26.–Consecuencias.

1. Los incumplimientos leves se corregirán con apercibimiento por escrito o la pérdida de la condición de usuario por un período de 1 a 5días.
2. Los incumplimientos graves se corregirán con la pérdida de la condición de usuario por un período comprendido entre 6 y 30 días, si la gravedad del mismo lo hiciera necesario, pudiendo ampliarse hasta el resto de la temporada si la gravedad así lo aconsejare.

Artículo 27.–Procedimiento.

1. El Concejal de Deportes será la persona encargada de instruir el procedimiento.
2. Las propuestas se comunicarán por escrito a los interesados dándoles CUARENTA Y OCHO horas de audiencia, si la infracción se califica como leve y de DIEZ DIAS para las calificadas graves o muy graves, para que éstos puedan efectuar alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estimen pertinentes.
3. Una vez concluido el trámite de audiencia y a la vista de las alegaciones presentadas, el Concejal de Deportes informará al Sr. Alcalde, órgano competente para resolver lo que proceda. Una vez resuelto, se notificará al interesado en el plazo previsto en la legislación administrativa.
4. Contra los acuerdos adoptado podrán interponerse recursos que se estimen oportunos, conforme a lo dispuesto en la Ley Reguladora del procedimiento Administrativo Común.
5. No obstante, en caso de que el usuario actúe de manera notoriamente contraria al presente Reglamento, el personal de la instalación estará autorizado para exigirle el abandono de la misma, o requerir la presencia de las fuerzas de seguridad, si la gravedad del caso así lo exige, sin perjuicio de las posteriores acciones aplicables al caso.

Artículo 28.

La Dirección de la empresa concesionaria, en su caso, tendrá a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones, de las cuales se presentarán copias mensuales en el Ayuntamiento. Asimismo, existirá un buzón de sugerencias para dirigir por escrito cualquier indicación o sugerencia al responsable de la instalación

Artículo 29.

El uso de las instalaciones está sujeto al pago previsto de la tasa establecida en la Ordenanza Fiscal aprobada por el Ayuntamiento. Será imprescindible para entrar en la instalación presentar el abono de baño libre o abonar la entrada puntual.

Artículo 30.

Tendrán derecho al abono para toda la temporada los siguientes usuarios:

1. Abono individual.- Todos aquellos que se encuentren inscritos en el Padrón Municipal de Habitantes de Socovos como mínimo un mes antes de la apertura de la Piscina Municipal.
2. Abono familiar. – Todas aquellas familias que, por lo menos, más de la mitad de sus componentes se encuentren inscritas en el Padrón Municipal de Habitantes de Socovos, pudiendo alcanzar su beneficio a todos los que la componen.
3. Podrán ser incorporados como beneficiarios de abonos familiares aquellos menores que pasen sus períodos vacacionales en Socovos, cuyo parentesco directo sea conocido o demostrado. Se entiende por parentesco a estos efectos, nietos y sobrinos del titular de un abono familiar establecido en el punto 2.
4. Podrán incorporarse como miembros de la familia, los niños o niñas acogidos temporalmente por familiares residente en Socovos.

Disposición Adicional

En todo lo no regulado en el presente reglamento se estará a lo dispuesto en el Decreto 216/1999, de 19 de octubre, de la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por el que se regula las Condiciones Higiénico-Sanitarias de las Piscinas
de Uso Público.

Disposición Final
El presente Reglamento entrará en vigor una vez cumplidos los trámites legales de aprobación y publicación, y un ejemplar del mismo estará expuesto en la Piscina Pública Municipal, para general conocimiento.

Conocido el contenido de éste punto, el pleno de la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros presentes:

1- Aprobar inicialmente el Reglamento de Régimen Interno, Utilización y Funcionamiento de las Piscinas Municipales.
2- Insertar en el B.O.P. tal aprobación en orden a dotar al expediente de la publicidad prevista legalmente.


TERCERO:
APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN ORDENANZA REGULADORA DEL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO.

Se incorpora el Sr. González Rivas I.U., siendo las 21:14 minutos.

Se da cuenta del contenido de la Ordenanza Reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio y de las modificaciones que se plantean, las cuales afectan a los artículos 4, y 6.3. b).

El contenido de la ordenanza es el que sigue:

Artículo 1º- Fundamento legal

De conformidad con lo previsto en los artículos 2, 41 y 127 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece un precio público por la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio (S .A .D.), que se regirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden a lo dispuesto en los artículos 41 a 47 del referido Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Artículo 2º.-Concepto

El Servicio de Ayuda a Domicilio constituye un conjunto de actuaciones llevadas a cabo en el domicilio de las personas, con el fin de atender sus necesidades de la vida diaria relacionadas con la atención de las necesidades domésticas y de atención personal. Recoge las siguientes modalidades:
a) Ayuda a Domicilio Básica a personas y unidades de convivencia con dificultades de autonomía personal.
b) Ayuda a Domicilio a personas en situación de dependencia, en el marco del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, con resolución aprobatoria del Programa Individual de Atención.
c) Ayuda a Domicilio Extraordinaria, para aquellas personas que requieran de forma temporal la ayuda de otra persona para realizar actividades de auto cuidado durante los fines de semana (sábados y domingos) y días festivos.
d) Ayuda a Domicilio Básica a familias con parto múltiple.

Artículo 3º.-Obligados al pago.


Están obligados al pago del precio público regulado en estas normas las personas beneficiarias de los servicios prestados por este Ayuntamiento detallados en el punto anterior.

Artículo 4º.- Cuantía.

1.-La cuantía del precio público regulado en esta Ordenanza vendrá determinada por la aplicación del cuadro del apartado siguiente, atendiendo a la renta mensual y al número de miembros de la unidad familiar del titular de la prestación.

2.- Se entiende por renta per cápita de la unidad familiar la suma de aquellas rentas e ingresos, así como el valor del patrimonio de todos los integrantes de la unidad familiar.

MODIFICACIÓN CUADRO

Renta per. cápita
Mensual
Renta mensual
Número miembros Unidad Familiar y % sobre precio/hora.


1
2
3
4
5
6
Hasta 50% del S.M.I.


10%
10%
10%
10%
De 51% al 60%
10%
10%
10%
10%
10%
12,5%
De 61% al 70%
10%
10%
10%
10,5%
13%
15,5%
De 71% al 80%
10%
10%
10%
12%
15%
18%
De 81% al 90%
10%
10%
11,5%
16,5%
21,5%
26,5%
De 91% al 100%
10%
10%
19%
29%
39%
50%
De 101% al 110%
10%
14%
29%
44%
59%
74%
De 111% al 120%
13%
18%
35%
52%
69%
86%
De 121% al 130%
18%
28%
47%
66%
85%
100%
De 131% al 140%
24%
34%
55%
72%
91%
100%
De 141% al 150%
31%
41%
61%
81%
100%
100%
De 151% al 160%
39%
47%
65%
83%
100%
100%
De 161% al 170%
48%
56%
74%
92%
100%
100%
De 171% al 180%
58%
65%
82%
100%
100%
100%
De 181% al 190%
70%
77%
94%
100%
100%
100%
De 191% al 200%
85%
90%
95%
100%
100%
100%
Más de 200%
100%
100%
100%
100%
100%
100%

4.- En la aplicación de dicha tabla se tendrá en cuenta lo siguiente:

a) Los porcentajes señalados anteriormente se aplicarán al precio-hora del servicio vigente en cada momento y en concreto al que anualmente determine el Consorcio de Servicios Sociales como precio por hora prestada.

b) El precio público a pagar por cada beneficiario será el resultado de multiplicar las horas prestadas por el precio-hora correspondiente una vez aplicado el porcentaje.

c) Se entenderá como hora prestada aquella que realmente se realice o aquella que no se haya podido realizar por causas imputables al beneficiario.

Artículo 5º.- Unidad familiar.

Se considera unidad familiar la formada por una sola persona, o en su caso por dos o más, que conviviendo en un mismo marco físico, están vinculadas por matrimonio u otra forma de relación permanente análoga a la conyugal, por adopción o parentesco de consaguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo. Asimismo tendrán esta consideración las personas con cargas familiares de menores, mayores o personas con discapacidad que hubieren formado unidad familiar independiente, al menos durante un año, y se incorporan a su familia de origen por una situación de necesidad o causa de fuerza mayor. También tendrán esta consideración aquellas personas mayores de 65 años que, debido a su situación de dependencia, se ven obligados a abandonar su domicilio para ser atendidos con carácter permanente en el domicilio de algún familiar o rotando en el domicilio de distintos familiares y siempre que el servicio se solicite como apoyo a la familia en atenciones personales.

En ningún caso se considerará familia independiente la situación de convivencia derivada de procesos educativos y formativos.

Artículo 6º-. Situación económica.

Se valorarán los medios económicos de la unidad familiar entendiendo por tales todos aquellos rendimientos personales o patrimoniales, pensiones o ingresos procedentes de cualquier otro título, que perciban los miembros de la unidad familiar.

Asimismo serán considerados como medios económicos aquellos bienes muebles o inmuebles sobre los que la unidad familiar ostente un derecho de propiedad o usufructo, susceptibles de producir rendimientos.

El Ayuntamiento podrá recabar del solicitante toda aquella documentación que considere oportuna y necesaria para la valoración de su situación económica.

1. Periodo Computable.

El periodo para computar los medios económicos será el del año de la solicitud cuando se trate del valor de rendimientos de carácter periódico y del valor del patrimonio de bienes inmuebles. Respecto a los bienes muebles se computarán los saldos medios anuales del año anterior a la solicitud más los intereses bancarios.

Cuando por la fecha de la solicitud no se conocieran estos valores se tomarán los del año anterior.

En el supuesto de percepción de ingresos irregulares en cuantía y periodicidad, se tomará la cantidad percibida en los doce meses anteriores a la solicitud.

2. Rendimientos.

a) Como rendimientos del trabajo se entenderán las retribuciones derivadas de su ejercicio por cuenta propia o ajena. Se les equiparan las prestaciones y pensiones reconocidas, encuadradas en los regímenes de previsión social financiados con cargo a fondos públicos o privados.

b) Como rendimientos de patrimonio se computarán la totalidad de los rendimientos íntegros que provengan de elementos patrimoniales, tanto de bienes como de derechos.

c) Los rendimientos del trabajo por cuenta propia en actividades empresariales y profesionales se identificarán con el rendimiento neto declarado por los mismos.

d) Del trabajo por cuenta ajena, de los ingresos se deducirán las cotizaciones a la Seguridad Social, las cantidades abonadas por los derechos pasivos, mutualidades de carácter obligatorio y similares, así como los gastos por enfermedad grave o intervención quirúrgica siempre que se justifique su abono por la unidad familiar y no sean susceptibles de reembolso o compensación, igualmente serán deducibles los gastos de alquiler de la vivienda habitual hasta el límite de 240,40 € mensuales. (cuantía que podrá ser modificada anualmente).

3. Patrimonio.

a) De los bienes inmuebles urbanos o rústicos, se tendrá en cuenta su valor catastral, así como los rendimientos o ingresos que de estos se deriven, excepto la vivienda habitual que no se computará.

b) Se consideran bienes muebles los títulos, valores, derechos de crédito de fácil realización o dinero en efectivo existente en depósitos bancarios a disposición de cualquiera de los miembros de la unidad familiar y se computarán de conformidad con el punto 1, con la exención de la cantidad de 9000 € .(MODIFICACIÓN ANTES 6.010,12)

c) El ajuar familiar y los vehículos motorizados estarán exentos en su totalidad del cómputo de los recursos, salvo aquellos que por su valor denoten existencia de medios económicos superiores a los declarados, en cuyo caso el ajuar computará por su valor estimado y a los vehículos motorizados se les atribuirá como valor el precio medio de venta aplicable en la gestión de los impuestos sobre transmisiones patrimoniales.

d) Como deducción general se tomarán las deudas que el solicitante acredite tener respecto del patrimonio, mediante la certificación correspondiente, incluyendo las de amortización de la primera vivienda, hasta el límite de 270,46 €/mes, que será incrementado para cada ejercicio conforme al IPC anual.


e) Se tendrá en consideración las donaciones efectuadas por los integrantes de la unidad familiar durante los últimos cinco años, cuando habiendo hecho donación de los propios bienes, no se han reservado lo necesario para vivir en un estado correspondiente a sus circunstancias.

En el caso de la unidad familiar de un solo miembro la renta per. cápita resultante del cómputo de ingresos, rentas y patrimonio de la unidad familiar se dividirá por 1,5.


Artículo 7º.-Comunicación de variaciones familiares y económicas.

Los usuarios del servicio estarán obligados a comunicar los cambios producidos en su situación familiar y/o económica en el plazo de 30 días, cualquier hecho que modifique la determinación de la renta mensual de la unidad familiar y el número de miembros de la unidad familiar.

El Ayuntamiento podrá recabar datos y documentación sobre la situación particular de cada beneficiario.

Artículo 8º.- Exenciones.

El Pleno, previo informe y propuesta de los Servicios Sociales, podrá estudiar la exención del pago del precio público, en aquellos casos excepcionales en que la no prestación del servicio podría conllevar un grave riesgo de deterioro personal y familiar, existiendo una negativa del beneficiario a la prestación y abono del Servicio de Ayuda a Domicilio a pesar de que, económicamente pueda hacer frente al mismo.

Artículo 9º-Obligación de pago y cobro.

1. La obligación de pagar el precio público por la prestación de este servicio nace desde que se inicie la prestación del servicio especificado en el artículo 2º.

2. El pago del precio público se efectuará en la Tesorería Municipal por trimestres vencidos.

3. Las deudas por precios públicos derivadas de la prestación del Servicio regulado en estas normas, podrán exigirse por el procedimiento administrativo de apremio, según se establece en el artículo 46.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y de conformidad con la normativa de recaudación que sea de aplicación.

Artículo 10.- Normas de gestión.

1. El servicio de Ayuda a Domicilio por lo que respecta a su prestación se regirá por su reglamentación específica.

2. El servicio de ayuda a domicilio de este Ayuntamiento facilitará al Servicio de Intervención, trimestralmente, relación de beneficiarios con indicación de su domicilio, número de horas prestadas, precio de las horas, importe total a pagar y todos aquellos datos necesarios para determinar la liquidación correspondiente.


3. El retraso en el pago de un trimestre implicará la perdida de derecho a continuar recibiendo la prestación del servicio, sin perjuicio de su cobro por vía ejecutiva.

Disposición adicional: Legislación aplicable.
Para lo no expresamente previsto en esta Ordenanza, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos y en el Decreto 41/2008, de 1 de abril de 2008, por el que se regulan las subvenciones para la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio en Castilla La Mancha, modificado por el Decreto 8/2009, de 3 de febrero de 2009 de la Consejería de Salud y Bienestar Social y, cualquier otra normativa relativa a la materia que pueda dictar la Consejería de Salud y Bienestar Social.
A todos los beneficiarios que vienen percibiendo la prestación del servicio de ayuda a domicilio con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ordenanza, será revisada su situación y el precio público a pagar de acuerdo con los criterios establecidos en esta Ordenanza.

El precio público a pagar por cada beneficiario que perciba la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio podrá ser revisado cada 2 años, para lo cual el Ayuntamiento solicitará la documentación necesaria para obtener la información establecida en esta Ordenanza.


Disposición final Única

La presente Ordenanza fiscal, entrara en vigor una vez haya sido aprobada definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento y entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Albacete, de conformidad con el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

Socovos, 23 de Julio de 2.009.


Conocido el contenido de éste punto, el pleno de la Corporación acuerda por unanimidad de los miembros presentes:

3- Aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza Reguladora del Servicio de Ayuda a Domicilio.
4- Insertar en el B.O.P. tal acuerdo de modificación en orden a dotar al expediente de la publicidad prevista legalmente.


CUARTO:
ACTUACION URBANIZADORA. CONSULTA PREVIA URBANÍSTICA “LA CARRASQUILLA DE TAZONA S.L.”AREA DE REPARTO Nº 1 S-1 NORMAS SUBSIDIARIAS DE PLANEAMIENTO MUNICIPAL.

Da cuenta el Alcalde-Presidente de forma sucinta del estado de tramitación de éste expediente. Así la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda emitió informe negativo en fecha 06/04/2.009 al expediente que se estaba tramitando por lo que se cerró el mismo procediéndose a iniciar un nuevo expediente sobre Urbanización del Area de Reparto nº 1 S-1 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal, basado en una menor densidad edificatoria y ajustado a las indicaciones de la Consejería competente.

Así procede evacuar la consulta previa a la que viene referida el artículo 64.7 del TRLOTAU el cual establece que:

...” Los particulares interesados deberán someter a consulta previa del municipio las actuaciones urbanizadoras en suelo rústico de reserva previstas en el artículo 54.2 a fin de que se pronuncie sobre la viabilidad de la transformación urbanizadora que se pretende llevar a cabo, debiendo especificarse lo que sigue:

a) Propuesta de ámbito espacial de la actuación propuesta.
b) Propuesta de parámetros urbanísticos que defina el producto inmobiliario, basado en un estudio de mercado justificado en función de las previsiones establecidas en el planeamiento municipal vigente y su estado de desarrollo.
c) Acreditación de la personalidad del solicitante, así como justificación de la solvencia técnica y económica con que cuenta el agente urbanizador para el desarrollo y ejecución de la actuación urbanizadora.

...”El Ayuntamiento Pleno valorando la propuesta y las circunstancias urbanísticas concurrentes, resolverá sobre la viabilidad de la actuación....”

Pues bien planteado el expediente y la actuación urbanizadora pretendida toma la palabra el Sr. Rubio Caballero, portavoz de I.U. para indicar que ...”considera la actuación urbanizadora propuesta una isla urbanística y actuación que puede adolecer de problemas de abastecimiento de agua...”, considerando igualmente que ...”tiene una elevada densidad urbanística....” Además alude al Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, que puede afectar a la urbanización que se propone...”. Finalmente indica que ...”en el informe técnico hay una contradicción dado que indica que no se va a producir un incremento de la población...”.

Toma la palabra el Alcalde-Presidente para mostrar su sorpresa de cómo ...”en el expediente anterior el grupo I.U. aprobó la consulta previa cuando tenía una mayor densidad urbanística que la actual dado que entonces se planteaban 330 viviendas y en la actualidad sólo 108...”

Alude igualmente el Alcalde y en referencia a los problemas de abastecimiento de agua indicados por I.U. que ...”ya se planteó un expediente de expropiación de 9 metros cuadrados para solucionar los problemas de abastecimiento de las pedanías como consecuencia de las obras realizadas por Confederación y que el grupo I.U. junto con el P.P. votó en contra haciendo imposible la puesta en marcha del sondeo...”.

Además añade el Alcalde que el P.O.R.N. ha desafectado las parcelas donde se pretende llevar a cabo la actuación urbanística que se trae al pleno.

Responde el Sr. Rubio que ...”el expediente tramitado con anterioridad tenía una menor densidad urbanística y que por ello su voto fue afirmativo...”


En referencia al tema del pozo indica que ...”en su opinión no se agotaron las posibilidad de llegar a un acuerdo con el propietario de los terrenos donde se encuentra el sondeo...” a lo que responde el Alcalde-Presidente que ...”eso no es así pues antes de llegar a la expropiación se redactaron hasta tres formas de acuerdo con el propietario, incluida la compraventa, a todos los cuales se negó el mismo, por lo que sólo quedaba abrir expediente de expropiación, insistiendo por tanto, en que el problema de abastecimiento de la aldeas es de la oposición y no del equipo de gobierno.

Además, añade que si el sondeo de Tazona hubiera estado en marcha la oferta de la empresa Aquagest hubiera sido aún más ventajosa para el Ayuntamiento y por tanto para el municipio en general.

A continuación toma la palabra el portavoz del P.P., Sr. Lucas Marín para opinar que su Grupo está de acuerdo con ésta iniciativa urbanística en tanto pueda reactivar el sector de la construcción, creando puestos de trabajo y reactivando si quiera sea de forma leve la economía de la localidad.

Visto el contenido de éste punto, el Pleno de la Corporación acuerda por SEIS VOTOS A FAVOR (P.S.O.E.- P.P.) y DOS EN CONTRA (I.U.):

Primero: Declarar viable la actuación urbanizadora propuesta.

Segundo: Remitir copia a la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda en orden a que emita informe sobre la misma.

QUINTO:
ADQUISICIÓN PARCELA RUSTICA 41 POLIGONO 3 DEL MUNICIPIO DE SOCOVOS . PINTURAS RUPESTRES DE LA LOCALIDAD.

Se da cuenta del expediente tramitado por el Ayuntamiento para la compra de la finca rústica radicada en el término municipal donde se encuentran ubicadas las Pinturas Rupestres de la localidad. Parcela 41 polígono 3 del término municipal de Socovos.

Vista la documentación obrante en el expediente y el estado del mismo el Pleno de la Corporación acuerda por UNANIMIDAD:

1-Proceder a la adquisición del siguiente bien inmueble:
Finca rústica, sita en el término municipal de Socovos (Albacete), en el paraje denominado “Molino La Solanica”, de pinar maderable , con una extensión de una hectárea, noventa y tres áreas, ochenta y dos centiáreas (19.382 m2). Sus linderos son: Norte, parcela 43; Mediodía, parcela 40, Saliente, parcelas 36 y 42 y Poniente parcela 51
REFERENCIA CATASTRAL: Polígono 3 Parcela 41, paraje “Molino de la Solanica”. Se adjunta copia del plano catastral. 02072003000410000ZU
INSCRIPCIÓN: En el Registro de la Propiedad de Yeste. Tomo 883, Libro 53, Folio 71 Inscripción 1ª.
2- El precio de la compraventa queda fijado en CUATRO MIL OCHOCIENTOS EUROS (4.800 Euros), conforme al informe de los servicios técnicos municipales de fecha 15 de junio de 2.009.

SEXTO:
DAR CUENTA RESOLUCIONES DE ALCALDÍA

Se dan por conocidas las resoluciones dictadas por Alcaldía desde el anterior pleno ordinario al haber sido repartido a los concejales junto con la convocatoria.


SEPTIMO:
RUEGOS Y PREGUNTAS

Sr. Rubio Caballero (I.U.).

1-Mal estado de la escombrera municipal, faltan farolas y hay muchos socavones en las calles.
2-No se ha arreglado la pérdida de agua de la piscina con el consiguiente gasto de agua innecesario.
3-Múltiples cables colgando en las fachadas.
4-Solicita se le haga llegar un listado de los pagos realizados por el Ayuntamiento con el ingreso de AQUAGEST.

Sr. González Rivas (I.U.).

1-Sigue sin solucionar el tema de los camiones y el deterioro de los caminos por lo que debe establecerse y aprobarse ya la ordenanza que regule este aspecto, estableciendo un canon al respecto.
2- Sigue sin solucionar el tema de la granja junto al colegio de Tazona.
3- Pregunta si existe una factura de Carpalicante correspondiente a las fiestas del año pasado en Tazona.
4-Asfaltado de la Avda. de El Carrascal deficiente.

Interviene el Alcalde-Presidente para responder a éstas cuestiones y en el siguiente sentido:

1-Respecto a que faltan farolas y existen muchos socavones, se esta actuando conforme a la disponibilidad presupuestaria del Ayuntamiento y con las subvenciones otorgadas por las distintas administraciones.


2- El tema de los camiones y los caminos va a arreglarse en breve dado que además se han solicitado a través de Diputación fondos europeos.
3- Respecto al tema de la granja ha hablado con el propietario y está en disposición de retirarla, trasladándola de lugar.
4-En relación al asfaltado de la Avda. de El Carrascal ésta obra fue aprobada por el Pleno.
5-En relación a la factura de carpalicante correspondiente a las fiestas del año pasado el aldeas, dicha factura se encuentra en Intervención y a disposición de lo sres. concejales.
6- Referente a la avería de la piscina no se ha encontrado la fuga.

Sr. Lucas (P.P.):

1-Alude igualmente a la multitud de socavones que hay en las calles de la localidad.
2-Se están produciendo muchas quejas de vecinos de Tazona en relación a la C/ Nueva. ...”Debería canalizarse el agua desde arriba hacia el Carrascal...”.
3-Considera que debería crearse un tramo industrial en la ordenanza de abastecimiento.
4- En referencia a la existencia de la factura de carpalicante en relación a las fiestas de Tazona, indica que lo que ocurrió es que se autorizó gasto de ganado y de una parte de las actuaciones musicales.

Responde el Alcalde en relación a los socavones que se está actuando conforme a las disponibilidades presupuestarias en relación a la pregunta segunda debe esperarse a que se termine la obra y respecto al tramo industrial en la ordenanza del agua ya se planteó en el pleno y el P.P. votó en contra.

OCTAVO.
MOCION P.P.

Por unanimidad de los miembros de la Corporación se acuerda incluir moción del P.P. presenta en fecha 25 de junio de 2.009 y relativa a adecuación de vía pública en Avda. de El Carrascal, copia de la cual se une a la presente acta para su constancia.

Comenta el Alcalde-Presidente respecto a la misma que ya se ha solicitado el referido paso sobre-elevado al que alude la moción del P.P. y que en relación al tema de bacheado al que se alude en la misma está incluido como mejora de las obras recogidas en una de las actuaciones del F.E.I.L. por lo que deberá estar arreglado antes del 31/12/2.009.

Y, no habiendo más asuntos de los que tratar la Presidencia da por concluida la sesión levantándose la misma a las veintitrés horas cinco minutos, de todo lo cual como secretario doy fe----------------------------.

VºBº
EL ALCALDE-PRESIDENTE



Fdo: Antonio Rubio Navarro

lunes, 24 de agosto de 2009

ACTA PLENO EXTRAORDINARIO 16 DE JULIO DE 2009

ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EL DIA DIECISÉIS DE JULIO DE DOS MIL NUEVE.


Asistentes
Alcalde-Presidente
D. Antonio Rubio Navarro.
Concejales
Grupo Socialista
Dña. María Teresa Miranda Jiménez.
D. Gonzalo Rubio Sánchez.
D. Juan García Lorenzo.
Grupo Popular
D. Miguel Lucas Marín
D. Juan de la Cruz Fernández González.
Grupo I.U.
D. Jesús Rubio Caballero
D. Pedro González Rivas.
No asiste y no excusa
Dña. María del Carmen Pérez Ramón. P.P.
Secretario
D. Alberto Monzón de la Torre


En el salón de sesiones de la Casa Consistorial siendo las veinte horas del día dieciséis de Julio de dos mil nueve se reúnen los concejales citados más arriba al objeto de celebrar la sesión para la que habían sido previamente convocados, y abierto el acto por el Alcalde-Presidente comienza el debate sobre los asuntos incluidos en el orden del día, asuntos sobre los que recayeron los siguientes acuerdos.

PRIMERO:
ACUERDO PLENARIO EN REFERENCIA A ORGANIZACIÓN MUNICIPAL DE FESTEJOS POR EL AYUNTAMIENTO PARA FERIA 2.009:
-Programación General y días, horarios y tipos de festejos taurinos a celebrar, así como determinación sobre solicitud ciclo de Festejos. Memoria de los encierros a celebrar. Presupuesto de tal programación. Autorización gestión expediente.

Se da cuenta por el Alcalde-Presidente de la programación, memoria de los encierros a celebrar y presupuesto de los citados festejos (documentación que se une al presente acta formando parte de la misma).

Conocido el contenido del punto se producen las siguientes intervenciones:

Sr. Rubio Caballero (I.U.).
Alude a que a la vista del presupuesto en Socovos ...” no debe haber crisis” y a que bien poco costaría poner al lado de la columna de los gastos la liquidación de las fiestas anteriores, aspecto éste que lleva pidiendo en sucesivos plenos y nunca se le entrega la liquidación, acusando de ...”falta de transparencia...”.Continuando en el aspecto económico indica el contraste entre los gastos de fiestas y el estado de muchas calles (con socavones) o calles sin una adecuada iluminación.

Sr. González Rivas (I.U.).

Pregunta ¿quién es el organizador de los festejos? Se responde por Alcaldía que el Ayuntamiento de Socovos.

Sr. Lucas Marín (P.P.)
Considera excesivo el presupuesto y que se debe ajustar más. ...”Cabe que se pueda exceder en algo por los imprevistos...” pero no tanto.

Sr. Fernández González (P.P.):
Propone ...”la eliminación de los gastos de festejos taurinos...”. Ello contaría con su voto.

Por su parte el Alcalde-Presidente indica que si en algún sitio se ha excedido el presupuesto es en las Aldeas en las que el Ayuntamiento ha tenido que hacerse cargo de una factura por importe de 8.120 Euros de verbenas que dejaron sin pagar del 2.008 además de una sanción por exceso de duración de uno de los encierros de 1.100 Euros.
Además se ha reducido en gastos de festejos en Navidad y en las fiestas de San Felipe y Santiago por lo que la idea del equipo de gobierno es ir recortando.

El Sr. Lucas Marín (P.P.)indica que no está de acuerdo en que se pasaran en las fiestas de Tazona.

Por su parte el Sr. Rubio Caballero (I.U.) dice que habrá alguna vez en que el Ayuntamiento tenga que dejar de pagar los excesos de las comisiones.

Visto el contenido de éste punto el Pleno de la Corporación acuerda por CUATRO VOTOS A FAVOR (Grupo Municipal P.S.O.E.), TRES ABSTENCIONES (Grupo Municipal I.U. y Sr. Lucas Marín del Grupo Municipal Popular) y UNO EN CONTRA (Sr. Fernández González, Grupo Popular):

1- Aprobar la programación general y días, horarios y tipos de festejos taurinos a celebrar así como la memoria del encierro adjunta y el presupuesto de tal programación autorizando a ASESORIA TAURO a la gestión del citado expediente.



SEGUNDO:
APROBACIÓN PRESUPUESTO GENERAL DE LA CORPORACIÓN PARA 2.009.

Explica el Alcalde el contenido del Presupuesto que ya fue dictaminado en reunión de la Comisión de Hacienda de fecha 17 de junio de 2.009 el cual en su resumen por capítulos es el que sigue y el cual va acompañado de las bases de ejecución y del Informe de Intervención Municipal:

INGRESOS:

CAPITULO 1. IMPUESTOS DIRECTOS.

CONCEPTO DENOMINACION EUROS
11200 IBI RUSTICO 13.785
11201 IBI URBANO 100.632
113 IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE T. MECANICA 92.850
114 SOBRE INCREMENTO VALOR TERRENOS 3.500
130 IMPUESTO ACTIVIDADES ECONOMICAS 15.124
TOTAL 225.891

TOTAL CAPITULO 1:
DOSCIENTOS VEINTINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN EUROS (225.891 Euros).


CAPITULO 2. IMPUESTOS INDIRECTOS.

CONCEPTO DENOMINACIÓN EUROS
282 SOBRE CONSTRUCCIONES INST. Y OBRAS 36.604
TOTAL 36.604

TOTAL CAPITULO 2:
TREINTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CUATRO EUROS (36.604 Euros).


CAPITULO 3. TASAS Y OTROS INGRESOS.

CONCEPTO DENOMINACIÓN EUROS
31000 RECOGIDA BASURA 88.936
31001 CANON DE DEPURACIÓN 44.685
311 TASAS SOBRE ACT. ECONOMICAS (APERTURAS ) 300
312 TASAS SOBRE PROPIEDAD INMOBILIARIA (L. URBANÍSTICAS) 1.000
341 TASA POR SERVICIOS O ACTIVIDADES MUNICIPALES 24.897
350 TASA USO PRIVATIVO DOMINIO PUBLICO LOCAL 14.397
352 TASAS SERV. BENEF. PROP. INMOBILIARIA (VADOS) 674
360 CONTRIBUCIONES ESPECIALES 2.475
39901 OTROS INGRESOS DIVERSOS Y EVENTUALES 2.871
TOTAL 180.235

TOTAL CAPITULO 3:
CIENTO OCHENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO EUROS (180.235 EUROS).


CAPITULO 4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES.

CONCEPTO DENOMINACIÓN EUROS
42000 PARTICIPACION TRIBUTOS DEL ESTADO 316.983
42001 OTRAS TRANSFERENCIAS DEL ESTADO JUZGADO. FONDO INVERSIÓN LOCAL 346.150
421 INEM PLAN ESPECIAL. 88.743
422 INSALUD (MANTENIMIENTO CENTRO DE SALUD). 3.005
45500 PLAN ACCION LOCAL PARA EL EMPLEO 127.155
45501 MODULO DE EDUCACION DE ADULTOS 7.940
45502 BIENESTAR SOCIAL AYUDA A DOMICILIO Y MANTENIMIENTO C. SOCIALES Y C.A.I. 20.048
45503 DIPUTACION PROVINCIAL. 30.455
45504 F. R. C. LOCAL INCONDICIONADO. 126.490
45505 DELEG. CULTURA (Bibliotecarios, Archivero, Arquitectura, Restarurac. Doc, Folletos, Iluminación Castillo. B. Abierta, Tal Como Somos). 56.315
45506 DELEGACIÓN EDUCACIÓN ACTIVIDADES EXTRACURRICULARES 12.540
45507 DELEGACIÓN VIVIENDA Y URBANISMO 54.000
45508 CONSEJERIA DE INDUSTRIA , ENERGIA Y MINAS 9.779
481 DE FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN LUCRO. 6.163
TOTAL 1.205.766

TOTAL CAPITULO 4 :
UN MILLON DOSCIENTOS CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS (1.205.766 EUROS).


CAPITULO 5. INGRESOS PATRIMONIALES.





CONCEPTO DENOMINACIÓN EUROS
520 INTERESES DEPOSITOS BANCOS 177
540 RENTAS DE BIENES INMUEBLES 2.855
552 CONCESIONES Y APROVECHAMIENTOS 367.500
TOTAL 370.532

TOTAL CAPITULO 5:
TRESCIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS EUROS (370.532 EUROS).


CAPITULO 7. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL.


CONCEPTO DENOMINACIÓN EUROS
75501 FAE (actuaciones especificadas en la memoria). 28.000
75502 ASDQUISICIONES BIBLIOGRAFICAS 3.534
75503 Adecuación Pinturas Rupestres 7.500
TOTAL CAPITULO 7 39.034

TOTAL CAPITULO 7:
TREINTA Y NUEVE MIL TREINTA Y CUATRO (39.034 EUROS).


CAPITULO 9. PASIVOS FINANCIEROS.


CONCEPTO DENOMINACIÓN EUROS
910 PRESTAMOS DEL INTERIOR 447.021
TOTAL 447.021

TOTAL CAPITULO 9:
CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL VEINTIUN EUROS (447.021 EUROS).

GASTOS.


CAPITULO 1.GASTOS DE PERSONAL:

FUNCION CONCEPTO Denominación EUROS
121 120 RETRIBUCIONES BASICAS PERSONAL 39.624
121 121 RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS 44.534
451 13000 BIBLIOTECARIOS, ARCHIVERO 58.793
121 13101 PERSONAL LABORAL (Auxiliar Administrativo , Operario, Socorristas, Monitores Natación, Monitor Deportivo, Academia Música, Monitoras C.A.I. 78.094
121 13102 OTRO PERSONAL LABORAL 24.889
321 131 PERSONAL EDUCACIÓN DE ADULTOS 7.729
322 14 PLANES EMPLEO (Integrado, Especial, E. Taller). 200.570
121 150 PRODUCTIVIDAD 2.500
121 151 GRATIFICACIONES 2.500
121 16000 SEGURIDAD SOCIAL PERSONAL 100.481
322 16000 SEGURIDAD SOCIAL PLANES 80.948
TOTAL CAPITULO 1 640.662

Total Capítulo 1:
SEISCIENTOS CUARENTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y DOS EUROS (640.662 Euros).

CAPITULO 2. GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS.

FUNCION CONCEPTO DENOMINACIÓN EUROS
122 21 REP. MANT. Y CONSERV. COLEGIO 5.484
451 21 REP. MANT. Y CONSERV. C. CULTURA 1.728
452 21 REP. MANT.Y CONSERV.INST. DEPORTIVAS 2.560
511 210 REP. MANT. Y CONSERV INFRAESTRUCTU 57.561
121 212 REP. MANT. Y CONSERV. EDIFICIOS 2.502
443 212 REP. MANT. Y CONSERV. CEMENTERIO 30.000
121 213 REP. MANT. Y CONSERV. MAQUINARIA 500
121 214 REP. MANT. Y CONSERV. TRANSPORTE 2.602
121 216 REP. MANT Y CONSERV. INFORMATICA 2.952
121 220 MATERIA OFICINA SECRETARIA. 1.686
451 220 MATERIAL DE OFICINA C. CULTURA 500
451 22001 PUBLICACIONES 3.389
452 220 MATERIAL DEPORTIVO 500
121 221 SUMINISTROS VARIOS ADMÓN. 96.682
122 221 SUMINISTROS VARIOS COLEGIOS 5.484
121 22104 VESTUARIO POLICIA LOCAL 0
412 221 SUMINISTROS CENTRO SOCIAL 597
443 221 SUMINISTROS VARIOS CEMENTERIOS 150
451 221 SUMINISTROS VARIOS CASA CULTURA 2.138
452 221 SUMINISTROS VARIOS DEPORTES 4.498
121 222 TELEFONO Y CORREO SECRETARIA 20.778
412 222 TELEFONO Y CORREO CONSULTORIO 299
451 222 TELEFONO Y CORREO C. CULTURA 2.199
121 224 PRIMAS DE SEGURO ADMINISTRACION 14.659
121 226 CANON VERTIDOS Y DEPURACIÓN 142.137
111 226 GASTOS ORGANOS DE GOBIERNO 6.408
452 226 FESTEJOS POPULARES 152.961
442 227 RECOGIDA DE RESIDUOS SOLIDOS 70.000
121 227 TRABAJOS EMPRESAS TÉCNICAS 116.039
122 227 TRABAJOS EMPRESA REVISIÓN 9.807
111 23 DIETAS LOCOMOCIÓN ALCALDÍA 6.000
121 23 DIETAS LOCOMOCIÓN ADMÓN. 1.965
TOTAL CAPITULO 2 764.765

Total Capítulo 2:



SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS (764.765 Euros).

CAPITULO 3. GASTOS FINANCIEROS.

FUNCION CONCEPTO DENOMINACIÓN EUROS
121 301 GASTOS MODIFICACIÓN CANC. 150
121 310 INTERESES PRESTAMOS 28.822
121 349 OTROS GASTOS FINANCIEROS 515
TOTAL CAPITULO 3 29.487

Total Capítulo 3:
VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE (29.487 Euros).





CAPITULO 4. TRANSFERENCIAS CORRIENTES.

FUNCION CONCEPTO DENOMINACIÓN EUROS
121 463 TRANSFERENCIAS MANCOMUNIDAD 15.000
323 467 CONSORCIO SERVICIOS SOCIALES 16.150
451 467 CONSORCIO SERVICIOS CULTURAL 3.038
121 467 CONSORCIO DE MEDIO AMBIENTE 16.083
463 467 CONSORCIO CONSUMO 1.804
323 480 ATENCIONES ASISTENCIALES. SUBVENCIONES 24.540
451 489 TRANSFERENCIAS UNIVERSIDAD POPULAR 31.645
313 489 OTRAS TRANSFERENCIAS 3.000
TOTAL 111.260

Capítulo 4 :
CIENTO ONCE MIL DOSCIENTOS SESENTA (111.260 Euros).

CAPITULO 6. INVERSIONES REALES.

FUNCION CONCEPTO Denominación EUROS
121 610 F.A.E. 28.000
451 620 ADQUISICIONES BIBLIOGRAFICAS 7.334
453 610 PINTURAS RUPESTRES 12.531
453 610 ADECUACION CASTILLO 18.000
511 610 PLAN DE OBRAS Y SERVICIOS (Pavimentación). F.E.I.L. 348.064
511 61001 OTRAS INVERSIONES INFRAESTRUCTURAS 50.000
TOTAL 463.929


Capítulo 6:
CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE (463.929 Euros).


CAPITULO 9. AMORTIZACION DEUDA.

CONCEPTO FUNCION DENOMINACIÓN EUROS
11 901 AMORTIZACIÓN DEUDA 494.980
TOTAL 494.980

Capítulo 9:
CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS OCHENTA EUROS (494.980 EUROS).


Se producen las siguientes intervenciones:

Sr. Rubio Caballero (I.U.):
Pregunta sobre la inversión de El Cañar sobre suministro eléctrico que se encontraba presupuestada en el 2.008 y por la obra de la adecuación de la parada que también estaba incluida en el 2.008. Además pregunta sobre la partida relativa a “Otro personal, laboral temporal del capítulo primero. Además alude a la plaza de policía local que todavía no se ha sacado.

Sr. Lucas Marín (P.P.):
Considera que se ha creado un déficit por importe de 250.000 Euros que es un 10% del Presupuesto General de la Corporación.

Sr. González Rivas (I.U.):
Alude a que somos el pueblo que más debe a la Mancomunidad Sierra del Segura y a la existencia de calles intransitables.


A éstas cuestiones responde el Sr. Alcalde lo que sigue:


Las inversiones de El Cañar y de la parada es cierto que no se ejecutaron aunque indica que un presupuesto consiste en una mera previsión y que nunca se ejecuta al 100%. En el caso de la parada no se ejecutó dado que la Junta no otorgó al Ayuntamiento la subvención solicitada (60% del presupuesto) y lógicamente el Ayuntamiento no tenía capacidad para asumir el 100% de la inversión.
Respecto a la partida del capítulo 1 a la que alude es la referida al personal que se está contratando con cargo a la subvención por daños ocasionados por las tormentas por la Excma. Diputación Provincial de Albacete, subvención por importe de 45.000 Euros. En relación a la alusión a la plaza de policía opina la presidencia que si no existe policía en la actualidad es porque en su momento I.U. voto en contra.

En relación a la intervención del Sr. Lucas indica el Alcalde que se tratará en el punto siguiente relativo a la liquidación del presupuesto 2.008.

Finalmente en relación a la intervención del Sr. González Rivas afirma el Alcalde que se han ejecutado 1.200 metros de calle en su mandato teniendo el pueblo 8.000 metros y que la deuda con la Mancomunidad se ha liquidado en parte y puede quedar cancelada si se aprueba la operación de endeudamiento que se debatirá en el punto 4.

Finalizado el debate sobre éste punto el Pleno de la Corporación acuerda por CUATRO VOTOS A FAVOR (Grupo Municipal Socialista) DOS EN CONTRA (Sr. González Rivas I.U. y Sr. Lucas Marín P.P.),y DOS ABSTENCIONES (Sr. Rubio Caballero I.U. y Sr. Fernández González P.P.):

1- Aprobar inicialmente el Presupuesto General de la Corporación para 2.008.
2- Proceder a su publicación en el B.O.P.


TERCERO
APROBACIÓN CUENTA GENERAL EJERCICIO 2.008.

Se presenta a debate la liquidación del Presupuesto General de la Corporación correspondiente a 2.008 cuyo resumen se adjunta al presente acta: (resultado presupuestario ajustado y remanente de tesorería), documentación que fue dictaminada por la Comisión Especial de Cuentas Municipal .

Interviene el Alcalde para explicar el por qué se produce remanente negativo de tesorería y déficit presupuestario.

Alude a que Aqualia (empresa concesionaria del agua dejó de pagar a la Mancomunidad de Canales del Taibilla en septiembre de 2.006), por lo que el Ayuntamiento ha tenido que asumir la deuda existente con la Mancomunidad incorporándola a su capítulo 9 (deuda). Por su parte ha devenido firme la sentencia con Acciona lo que ha supuesto igualmente que el Ayuntamiento haya incorporado a su capítulo 9 el importe de las mismas.
Además Aqualia tiene una liquidación pendiente de ingresar de 20.000 Euros al Ayuntamiento.
En cualquier caso la aprobación de las cuentas no supone más que el cumplimiento de un deber legal para que sean fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas así como por la Sindicatura de Cuentas de Castilla-La Mancha en el ámbito de sus respectivas competencias.

El Sr. Rubio propone en relación con la facturación de la depuradora que sea el fedatario público del Ayuntamiento el que vea el contador para determinar si se corresponde con el volumen facturado. En éste punto el Alcalde muestra su acuerdo con ésta propuesta.

El Sr. González Rivas (I.U.) pregunta sobre la partida de fiestas a lo que el Alcalde responde que en Intervención se encuentran todos las facturas y justificantes de pago a disposición de cualquier concejal.

El Sr. Lucas Marín (P.P.) alude a un presupuesto absolutamente desfasado y que supera el 10% de déficit.

Visto el contenido de éste punto el Pleno de la Corporación acuerda por SEIS VOTOS A FAVOR (Grupo Municipal Socialista y Grupo I.U.) UNO EN CONTRA (Sr. Lucas Marín P.P.), y UNA ABSTENCIÓN (Sr. Fernández González P.P.):

1- Aprobar la Cuenta General de la Corporación para 2.008.
2- Remitir copia al Tribunal de Cuentas en orden a su fiscalización oportuna.

CUARTO:
Aprobación, si procede, operación especial de endeudamiento Decreto 5/2.009, de 24 de Abril, de medidas extraordinarias y urgentes para facilitar a las Entidades Locales el saneamiento de deudas pendientes con empresas y autónomos. Aprobación plan de saneamiento económico-financiero.

Explica el Alcalde el expediente así cono el Plan de saneamiento Económico-Financiero elaborado (el cual se une como anexo al presente acta).

Igualmente indica que se han solicitado oferta a tres entidades pero sólo han presentado propuesta dos de ellas:

1- Caja Castilla-La Mancha: Euribor + 2,50
2- Caja Rural: Euribor + 2,00

Sr. Rubio Caballero (I.U.): Su propuesta es aprobar la operación con el compromiso de la Alcaldía de no disponer de los fondos de la póliza de tesorería y si es preciso disponer de ellos se hará previa consulta a los portavoces de los grupos y lo será por causas muy excepcionales, por lo que la póliza se mantendrá con un saldo de 195.000 Euros.

Sr. Lucas (P.P.). No está de acuerdo en la operación dado que supone un mayor endeudamiento por un plazo de 6 años que deberá soportar la Corporación siguiente.


Visto el contenido de éste punto el Pleno de la Corporación acuerda por CINCO VOTOS A FAVOR (Grupo Municipal P.S.O.E. y Sr. Rubio Caballero de I.U.) UNO EN CONTRA (Sr. Lucas Marín P.P.) y DOS ABSTENCIONES (Sr. Fernández González P.P. y Sr. González Rivas I.U.):

1- Aprobar la operación especial de endeudamiento regulada en el real decreto 5/2.009 de 24 de abril, adjudicando la operación a Caja Rural de AB por ser la más ventajosa.
2- Aprobar el Plan de Saneamiento Económico-Financiero que la acompaña y exigido por el citado RD- Ley


Y, no habiendo más asuntos de los que tratar el Alcalde-Presidente da por finalizado el acto levantándose la sesión a las 21:40 horas de todo lo cual como secretario DOY FE....


VºBº
EL ALCALDE-PRESIDENTE



Fdo: Antonio Rubio Navarro.

AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE SOCOVOS (Albacete)