martes, 31 de marzo de 2009

ACTA 28 OCTUBRE 2008

ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EL DIA VEINTIOCHO DE OCTUBRE DE DOS MIL OCHO.


Asistentes
Alcalde-Presidente
D. Antonio Rubio Navarro.
Concejales
Grupo Socialista
Dña. María Teresa Miranda Jiménez.
D. Gonzalo Rubio Sánchez.
D. Juan García Lorenzo.
Grupo Popular
D. Miguel Lucas Marín
D. Juan de la Cruz Fernández González.
Grupo I.U.
D. Jesús Rubio Caballero
D. Pedro González Rivas.
Concejal Electo:
Dña. María del Carmen Pérez Ramón. (P.P.).
Secretario
D. Alberto Monzón de la Torre


En el salón de sesiones de la Casa Consistorial siendo las veinte horas del día veintiocho de Octubre de dos mil ocho se reúnen los concejales citados más arriba al objeto de celebrar la sesión para la que habían sido previamente convocados, y abierto el acto por el Alcalde-Presidente comienza el debate sobre los asuntos incluidos en el orden del día, asuntos sobre los que recayeron los siguientes acuerdos.


PRIMERO:
TOMA DE POSESION CONCEJAL P.P.

Se indica por secretaría que se ha recibido en el Ayuntamiento procedente de la Junta Electoral Central la credencial correspondiente a Dña. María del Carmen Pérez Ramón, número 4 en la lista del P.P. y que ha de sustituir en la Corporación a D. Felix García García del mismo grupo político el cual presentó su dimisión con anterioridad.

Dña. María del Carmen Pérez Ramón procede a prestar promesa de su cargo conforme a la fórmula establecida por el RD 707/1.979, de 5 de Abril, por lo que toma posesión de su cargo de concejal de pleno derecho de la Corporación de Socovos por el Grupo Municipal Popular.

SEGUNDO:
RATIFICACIÓN, SI PROCEDE, CONVENIO SUSCRITO ENTRE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA Y RENCOBA ENERGIAS ALTERNATIVAS S.L. PARA CONSTRUCCIÓN Y EJECUCIÓN PLANTA FOTOVOLTAICA.

Se explica por Alcaldía el contenido del convenio redactado y suscrito entre la Presidencia y RENCOBA ENERGIAS ALTERNATIVA S.L. sobre construcción de planta fotovoltaica en el término municipal de Socovos cuyo texto es el que sigue:



En Socovos a 6 de Octubre de 2.008.

DE UNA PARTE; D. Antonio Rubio Navarro, con DNI. 74.487.249-R, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de la Villa de SOCOVOS (Albacete), con CIF. P0207200G, actuando en dicha representación, en adelante AYUNTAMIENTO.

Y DE OTRA PARTE; Doña María del Carmen Galdón Brugarolas, con DNI. 2360475W, Administradora Unica de RENCOBA ENERGIAS ALTERNATIVAS, S.L. con CIF. B84377225, actuando en dicha representación, en adelante LA EMPRESA.

ANTECEDENTES:

Primero.- Desde Marzo de 2007 LA EMPRESA para su tramitación ha presentado diversos expedientes de SOLICITUD DE LICENCIA DE OBRA para la instalación en varias fases de un PARQUE SOLAR FOTOVOLTAICO en el término municipal de SOCOVOS.

Segundo.- El contenido global de todos los proyectos que integran la actividad prevista establecer por LA EMPRESA comprende las siguientes parcelas:

Expediente I: 447, 449, 472, 473, 474, 475, 476, 477, 478, 479, 480, 481, 482 y 483 del Polígono 23, con una producción prevista de 8,5 MW, que ocupa una superficie de 23,34 Has.
Expediente II: 419 del Polígono 24, con una producción prevista de 1,3 MW, que ocupa una superficie de 3,88 Has.

Expediente III: 440, 446, 447, 448, 449, 450 y 451 del Polígono 21, y 33 del polígono 22, con una producción prevista de 9,6 MW, que ocupa una superficie de 25,64 Has.

Tercero.- El AYUNTAMIENTO ha realizado la tramitación correspondiente al municipio, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, remitiendo copia del expediente y de todos los proyectos a la Comisión Provincial de Saneamiento de la Delegación de Sanidad, así como publicación del procedimiento de Calificación Urbanística, remitiendo copia del expediente y de los proyectos presentados a la Comisión Provincial de Urbanismo de la Delegación Provincial de Ordenación del Territorio y Vivienda, así como toda la documentación que ha sido requerida posteriormente y que correspondía a los servicios municipales, habiendo sido requerida aquella que correspondía incorporar al expediente a LA EMPRESA.

Cuarto.- EL AYUNTAMIENTO en todo momento desde el inicio del expediente ha mostrado una total disposición para la tramitación del expediente en la forma que los procedimiento determinaban de acuerdo siempre a la normativa aplicable, fundamentalmente Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística en Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2004, de 28-12-2004 y Reglamento de Suelo Rústico de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, aprobado por Decreto 242/2004, de 27 de julio, así como otra lo que pudiera afectarle de las Normas Subsidiarias de Planeamiento en vigor en el municipio de Socovos. En línea con esa disposición adoptó acuerdo plenario de apoyo e impulso administrativo al expediente, y ha remitido con la mayor diligencia los expedientes referidos anteriormente y documentación complementaria que ha sido posteriormente requerida por los servicios de la Delegación Provincial de Ordenación del Territorio y Vivienda en Albacete. Todo ello por la repercusión claramente positiva que este proyecto supone para el municipio por diversas razones; primero por lo que significa de ahorro de CO2, aproximadamente unas 17.000 Tm/año.; segundo por la energía que producirá que permitirá dotar de suministro aproximadamente a 50.000 habitantes/año; tercero, por el empleo de aproximadamente 30 puestos de trabajo, para cada una de las fases durante el tiempo de duración de la inversión, además de los que posteriormente se ocupen en el funcionamiento y mantenimiento de la actividad; y por ultimo, la incidencia económica en el municipio a través de los impuestos y tasas que genera directamente la inversión y posteriormente el establecimiento y funcionamiento de la actividad.

Quinto Queda pendiente de resolver el acuerdo sobre el canon de participación municipal en el aprovechamiento urbanístico de suelo rústico respecto de la actividad prevista expuesta en el antecedente primero, conforme a lo que se determina en el art. 33 del mencionado Reglamento de Suelo Rústico y 64.3 del Texto Refundido antes citado, importe correspondiente a los demás permisos, licencias y autorizaciones municipales, necesarias para la construcción y explotación del proyecto.

Sexto.- Por los retrasos habidos en las tramitaciones administrativas, iniciadas en marzo de 2007, el proyecto del parque solar promovido por LA EMPRESA no ha podido acogerse a la regulación del RD 661/2007. El pasado día 27 de septiembre se ha publicado el RD 1578/2008 aplicable a los parques solares que entren en funcionamiento a partir del 29 de septiembre de 2008 y que, en lo que afecta al proyecto, se puede resumir en lo siguiente:

El régimen retributivo aprobado supone, de partida, una bajada muy significativa del orden del 25%, que compromete seriamente la viabilidad del proyecto ante la falta de rentabilidad en las inversiones a realizar.

Creación de un Registro de pre-asignación de la retribución que funciona por convocatorias trimestrales y en cada una aplica un cupo de potencia, que para las convocatorias del primer año es de unos 58 MW.

Limitación de potencia de 10 MW por convocatoria y por punto de conexión, dando preferencia a igualdad de cumplimiento de los criterios de selección a los parques pequeños, lo que obliga a plantear el proyecto en dos fases de 10 MW, cada una.

El régimen económico aplicable a los primeros 10MW se conocerá a primeros de Enero del 2009, si entran en el cupo establecido para la primera convocatoria y para los otros 10 a primeros de Abril del mismo año, o más tarde en función de la convocatoria en que se inscriban en el Registro de pre-asignación de retribución.

Para presentarse a la convocatoria se requieren los siguientes documentos:

- Concesión del acceso y conexión a la red de transporte o distribución.
- Autorización Administrativa de la instalación.
- Licencia de Obras.
- Resguardo del aval de 500 €/kW.

Otras incertidumbres respecto de los puntos anteriores, que pueden derivar de la interpretación que se dé a alguno de los aspectos que no están suficientemente concretados.

A su vez, es preciso tener en cuenta otros aspectos significativos, tales como :

Dificultades significativas de financiación por la crisis financiera actual y la incertidumbre del sector fotovoltaico (los bancos necesitan seguridad jurídica). En cualquier caso, altos costes de financiación por el nivel del euribor.

Situación de altos precios en los mercados de bienes de equipo, construcción y montaje, que aún no se han adaptado a la nueva regulación.

La mayor parte de estos factores son distintos y considerablemente más desfavorables en relación con los planteamientos iniciales del proyecto a finales de 2006 y al inicio de las tramitaciones administrativas en Marzo de 2007.

Séptimo.- LA EMPRESA necesita obtener todas las autorizaciones del proyecto, hasta conseguir la potencia solicitada de casi 20 MW , que actualmente están en tramitación con las administraciones públicas correspondientes, de tal forma que el proyecto tenga la dimensión adecuada para ser un “proyecto financiable” y una realidad a corto plazo. Dichas autorizaciones son necesarias además para poder optar a la inscripción en el Registro de pre-asignación de retribución.

Octavo.- La EMPRESA necesita llegar a un acuerdo con el Ayuntamiento de Socovos, y demás organismos públicos competentes, en materia de licencias, impuestos, tasas y demás cargas u obligaciones que fueran aplicables al proyecto (en adelante, “Ingresos del Proyecto para Socovos” o “IPS). Acuerdo que apoye la viabilidad económica del Proyecto, ya que el escenario regulatorio actual en el que va a desarrollarse es radicalmente diferente del existente al iniciar las tramitaciones administrativas. En concreto, se precisa disponer de:
La Autorización Administrativa del expediente II y las Licencias de Obras para los expedientes I y II (ST 20MW + PFV 8,5MW y PFV 1,3MW respectivamente) con antelación suficiente para optar a la primera convocatoria cuyo plazo de presentación de la solicitud es desde el 15 de octubre al 15 noviembre de 2008.

La Autorización Administrativa y Licencia de Obras del expediente III (PFV 9,6MW), con antelación suficiente para optar a la primera convocatoria cuyo plazo de presentación de la solicitud es desde el 16 noviembre de 2.008 a 31 de enero de 2.009.

Noveno.- El objetivo del presente acuerdo es conseguir seguridad jurídica para ambas partes en todo lo relativo a las aportaciones de LA EMPRESA al AYUNTAMIENTO y demás temas objeto del Acuerdo, de tal forma que se traten de manera unificada, con el propósito de que sea aplicable a todo el proyecto en su conjunto (no sólo para las partes del mismo que vayan obteniendo autorización) y que se consolide sin revisiones futuras por cambios en la composición del Ayuntamiento o en la regulación que fuera aplicable, utilizando para ello las posibilidades que ofrece la legislación actualmente vigente, atendiendo a los beneficios mutuos que se pueden derivar de la realización del proyecto.

En base a todo ello y como quiera que LA EMPRESA y el AYUNTAMIENTO en todo momento han mantenido su intención de llegar a un ACUERDO satisfactorio para ambas partes, el cual deberá respetar los objetivos de LA EMPRESA, así como satisfacer los planteamientos del AYUNTAMIENTO, ambas partes

ACUERDAN lo siguiente:

Primero. – LA EMPRESA, se compromete a las siguientes aportaciones denominadas IPS (Ingresos del Proyecto de Socovos), desglosadas en dos conceptos:
a) IPS iniciales;
§ A liquidar una vez el proyecto tenga las autorizaciones, licencias y permisos necesarios, cuente con la financiación para iniciar las obras y se conozca la retribución a percibir.
Teniendo en cuenta que el proyecto sólo se construirá una vez obtenidas todas las autorizaciones, licencias y permisos necesarios, y se conozcan las remuneraciones económicas aplicables a cada fase de 10MW, esto es, como muy pronto a partir del 1 de Marzo de 2009, los pagos a realizar por Rencoba no tendrán lugar hasta conseguido dicho hito.

Además, el precio inicial de venta de energía, que para la primera convocatoria es de 32c€/kWh irá disminuyendo a medida que en cada convocatoria se cubra el cupo correspondiente, que para el primer año es del orden de 58MW por convocatoria. Es muy probable que esta cifra sea cubierta, en las dos primeras convocatorias, por los proyectos actualmente en construcción y no finalizados antes del 28 de Septiembre pasado. Si ello fuera así, el proyecto perdería la ventaja de la fecha del punto de conexión, indicada mas arriba, y tendría que competir en desventaja con otros proyectos, por los retrasos de las tramitaciones administrativas, y con el mercado de equipos y materiales, construcción y montaje con precios de venta de energía aun más reducidos.

No obstante, en la medida en que el proyecto fuera rentable y financiable al amparo de la nueva regulación, el Acuerdo estuviera aprobado por el Ayuntamiento de Socovos y las autorizaciones y disponibles las licencias de obra necesarias para poder optar a la inscripción en el Registro de pre-asignación de retribución en las dos primeras convocatorias, LA EMPRESA entiende que se podrían adelantar algunas cantidades.

Aportaciones IPS Iniciales:

1. Una cantidad de 20.000€ [VEINTE MIL EUROS] que se hará efectiva cuando Rencoba disponga de las licencias, permisos, autorizaciones necesarias para solicitar la inclusión del proyecto completo en las dos primeras convocatorias del Registro de pre-asignación de retribución. Dicha cantidad se hará efectiva en dos pagos iguales de 10.000€ [DIEZ MIL EUROS] cada uno, al otorgamiento de las Licencias de Obras correspondientes a los expedientes I y II por un lado y del expediente III por otro.

2. Una cantidad de 380.000€ [TRESCIENTOS OCHENTA MIL EUROS] que se devengará cuando se confirme que el proyecto completo entra en el sistema retributivo vigente. Dicha cantidad será liquidada en función de la potencia final que tenga el proyecto, es decir, de manera proporcional al número de MW conseguidos en la tramitación administrativa que se construyan en Socovos.

3. El pago de la cantidad devengada se realizará según el siguiente calendario:

1. 100.000€ [CIEN MIL EUROS] cuando se confirme que el proyecto completo está inscrito en el registro de pre-asignación de retribución.
2. 150.000€ [CIENTO CINCUENTA MIL EUROS] ocho meses después de dicho hito.
3. 130.000€ [CIENTO TREINTA MIL EUROS] a los siete meses de la fecha anterior.

4. Los pagos del apartado 3, además del ajuste (si fuera necesario) indicado en el punto 2, se modificarán en la cuantía y sentido en que se ajuste la retribución económica en relación con la referencia de 32c€/kWh.

5. Si no se lograra que el proyecto se inscribiera en su totalidad en las dos primeras convocatorias, Rencoba y el Ayuntamiento evaluarán la nueva situación del proyecto y acordarán las modificaciones a incorporar al presente Acuerdo.

La legislación vigente que afecta a los temas citados, permite encajar adecuadamente los planteamientos anteriores, aplicando las bases, tasas y bonificaciones posibles. Para ello el Ayuntamiento de Socovos deberá promulgar y/o modificar las Ordenanzas que sean necesarias.

b) IPS Recurrentes.
IPS a liquidar de manera recurrente a lo largo de la vida operativa del proyecto.

Aportaciones:

Son las cantidades que corresponden a la legislación en materia de IBI (que se halla en proceso de revisión) y a otras tasas o cargas que fueran aplicables.

Rencoba garantiza al Ayuntamiento de Socovos de que una cantidad de 35.000€ [TREINTA Y CINCO MIL EUROS] será desembolsada todos los años, durante un período de 5 años a contar desde el inicio de la explotación.
Dicha cantidad será liquidada en función de la potencia final que tenga el proyecto, es decir, de manera proporcional al número de MW conseguidos en la tramitación administrativa que se construyan en Socovos.
Dicha cantidad se modificará en la misma proporción y sentido en que se ajuste la retribución económica aplicable al proyecto en relación con la referencia de 32c€/kWh.

Segundo.- Otras actuaciones.- Los compromisos de reforestación y otros relacionados con medio ambiente todavía no han sido establecidos y cuantificados definitivamente.

Es posible que Rencoba no tenga capacidad para cumplir en su totalidad dichos compromisos por falta de terreno u otro motivo no imputable a Rencoba.

El Ayuntamiento de Socovos facilitará el terreno que fuera necesario y Rencoba asumirá el coste de plantación.

Tercero.- La EMPRESA asume totalmente los compromisos adquiridos en el presente acuerdo y se compromete igualmente a obtener la adhesión o subrogación de los inversores o propietarios finales de la Compañía en caso de venta o cesión del control de la explotación.

Cuarto.- El contenido del presente acuerdo debe ser ratificado por el Pleno de la Corporación Municipal del Ayuntamiento de Socovos para su validez, de tal forma que se otorguen las Licencias de Obras para los expedientes I y II en plazo compatible con el de presentación de solicitud y documentación requerida para la primera convocatoria de inscripción en el Registro de pre-asignación de retribución.

Quinto.- Otros conceptos.-

Cualquier otro tema que se pudiera suscitar posteriormente sobre el asunto objeto de este documento, deberá ser incluido en el presente acuerdo en su redacción final, o como addenda del presente que complementará los acuerdos recogidos en este documento.


Ayuntamiento de Socovos Rencoba Energías Alternativas, S.L.


Interviene en primer lugar el Sr. Rubio Caballero, portavoz de I.U. para incidir en que su grupo va a votar a favor del acuerdo y de la ratificación del convenio pero se centra en el apartado del
I.B.I. Industrial, dado que cuando éste se encuentre establecido o revisado por la Administración Central y se vean los porcentajes que puede aplicar el Ayuntamiento será el momento de que la Corporación Local, si observa mala fe en el promotor en el cumplimiento del contrato, aplique los tipos máximos del mismo.

Interviene igualmente el Sr. Lucas Marín, portavoz del P.P., para incidir igualmente en el I.B.I. industrial así como en la cuestión de la creación de puestos de trabajo en la zona. Desea igualmente su grupo que conste en acta que opinan que el acuerdo podría haber sido más favorable mostrando así sus reticencias al mismo, pese a que su voto va a ser favorable.

Interviene igualmente el Alcalde-Presidente para hacer una comparativa con otros expedientes similares que se están llevando a cabo en los municipios de Hellín, El Bonillo y Calasparra.

Visto el contenido de éste punto el Pleno de la Corporación acuerda por UNANIMIDAD:

Primero: Aprobar el convenio suscrito entre la Alcaldía-Presidencia y Rencoba Energías Alternativas S.L. para la construcción y ejecución de planta fotovoltaica.

Segundo: Comunicar el presente acuerdo al promotor.

TERCERO
ACUERDO DE CESION GRATUITA A EMPRESA PUBLICA GICAMAN (Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha) se solar para viviendas de protección pública.

Explica el Sr. Alcalde-Presidente la situación administrativa en la que encuentra éste expediente y el contenido del acuerdo que se trae a éste pleno para su aprobación especificando que ya existen demandantes y solicitudes en la Delegación de Ordenación del Territorio y Vivienda por lo que ahora ya procede efectuar la cesión de los terrenos a la empresa correspondiente, dado que la falta de demandantes es lo que hasta ahora estaba paralizando el expediente.

Expuestos los antecedentes que sobre éste particular constan en el expediente de referencia, indica el Secretario que procede someter a acuerdo la cesión de los solares que se indicarán a la Empresa Pública de Gestión de Infraestructuras S.A., para la construcción de V.P.P. en régimen de protección especial , y en aplicación de la normativa que sobre el particular establece el artículo 110 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales Posteriormente deberá someterse el expediente al trámite de información pública prevenido en el artículo 110.1 f) de la citada norma jurídica.

Finalizado el debate sobre ésta cuestión y conocido el contenido de éste punto el pleno de la Corporación ACUERDA por UNANIMIDAD:

Primero: Ceder gratuitamente a la Empresa Pública de Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha los siguientes solares de titularidad municipal en orden a la próxima construcción de Viviendas de Protección Oficial en Régimen de Protección Especial:


-Solar urbano en el municipio de Socovos con las siguientes características:





*Situación: C/ Pinico. Espalda calle Nueva.
*Superficie: 580 metros cuadrados.
*Linderos:
Norte: C/Cervantes.
Sur: C/Pinico.
Este: Joaquín Campos Sánchez.
Oeste: Juan Valero Burguillos.

Calificación: Bien con la calificación jurídica de patrimonial.

Inscripción: Tomo 799; Libro: 47; Folio: 224; Finca: 5.244. Registro de la Propiedad de Yeste.

Propiedad: Ayuntamiento de Socovos en pleno dominio careciendo de cargas y gravámenes.

- Solar urbano en el municipio de Socovos con las siguientes características:

Situación: C/ Hospital 13
Superficie: 100,20 metros cuadrados.
Linderos:

Norte: C/ Lope de Vega.
Sur: Ayuntamiento
Este: Herederos Rosa Martínez Sánchez
Oeste: Herederos Dolores Rivas Juárez.

Calificación: Bien con la calificación jurídica de patrimonial.

Inscripción: Tomo: 827; Libro: 49; Folio: 213; Finca: 5.400.

Propiedad: Ayuntamiento de Socovos en pleno dominio por título de segregación, careciendo de cargas y gravámenes.

Segundo: Someter el presente acuerdo a información pública conforme a lo prevenido en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (artículo 110.1 f ).


CUARTO
ACUERDO PLENARIO DE ADHESIÓN AL PROGRAMA DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE DE RECOGIDA DE PERROS EN LOS MUNICIPIOS MENORES DE 5.000 HABITANTES.

Visto el contenido de éste punto el Pleno de la Corporación acuerda por UNANIMIDAD:

Primero: Incorporarse al servicio de la Diputación denominado recogida de perros en los municipios de menos de 5.000 habitantes en la provincia de Albacete,

Segundo: Comprometerse a incentivar la identificación y el censado de los perros de la localidad.

Tercero: Comprometerse al pago y por tanto a la consignación anual en el presupuesto ordinario de la cantidad de 1.542 E (50% del coste de adjudicación del servicio) por habitante y año + el I.P.C. anual, lo que multiplicado por el número de habitantes, supone un total de 3.008,44 Euros, tomando los datos del INE a 1 Enero 2.007.

Cuarto: Autorizar a la Excma. Diputación Provincial para la retención de las cantidades que corresponda satisfacer al Ayuntamiento del O.A.P.G.T.A.

Se aprueba la presente adhesión haciendo constar por el Grupo I.U. que a la forma del Convenio se debe verificar que los citados servicios acudan al municipio previo aviso del Ayuntamiento y en un plazo máximo de 48-72 horas.

QUINTO:
ACUERDO PLENARIO DE SOLICITUD DE AYUDAS A LA JUNTA DE COMUNIDADES CON CARGO AL F.R.C.L. DE EMERGENCIA A CONSECUENCIA DE LOS FENOMENITOS METEOROLÓGICOS DEL DIA 22 DE OCTUBRE DE 2.008.


Vistos y relatados por el Alcalde-Presidente los daños ocurridos por los fenómenos meteorológicos del día 22 de octubre de 2.008 el pleno acuerda por UNANIMIDAD, solicitar a la Junta de Comunidades con cargo al F.R.C.Local de Emergencia la realización de las siguientes actuaciones:

1- Adecuación Bajada Parque (junto residencia tercera edad).
2- Adecuación Tva Almendros a C/ Toril
3- Cubierta Casa de Cultura.
4- Muros encauzamiento Parque.

Y, no habiendo más asuntos de los que tratar la Alcaldía da por finalizado el acto levantándose la sesión a las veintiuna horas treinta minutos de todo lo cual como Secretario DOY FE-------------


VºBº
EL ALCALDE-PRESIDENTE

Fdo: Antonio Rubio Navarro.

Vinculo al fichero en formato PDF

AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE SOCOVOS (Albacete)