jueves, 30 de agosto de 2007

ACTA PLENO 19 JULIO 2007

ACTA DE LA SESION EXTRAORDINARIA Y URGENTE DEL AYUNTAMIENTO PLENO CELEBRADA EL DIA DICINUEVE DE JULIO DE DOS MIL SIETE.

Asistentes

Alcalde-Presidente

D. Antonio Rubio Navarro

Concejales

Grupo Socialista

Doña Maria Teresa Miranda Jimenez

D. Juan García Lorenzo

Grupo Popular

D. Miguel Lucas Marín.

D. Juan de la Cruz Fernández González.

D. Felix García García.

Grupo I.U.

D. Jesús Rubio Caballero

D. Pedro González Rivas

Secretario

D. Alberto Monzón de la Torre

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En el salón de sesiones de la Casa Consistorial siendo las veintiuna horas del día diecinueve de Julio de dos mil siete se reúnen los concejales citados más arriba al objeto de celebrar la sesión para la que habían sido previamente convocados, y abierto el acto por el Alcalde-Presidente comienza el debate sobre los asuntos incluidos en el orden del día, asuntos sobre los que recayeron los siguientes acuerdos:

PRIMERO: PRONUNCIAMIENTO DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN SOBRE EL CARÁCTER URGENTE DE LA SESION.

Resulta apreciada la urgencia en la celebración del presente Pleno por UNANIMIDAD, de todos los concejales presentes.

SEGUNDO: LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, ACTA DE LA SESION ANTERIOR.
Conocido el contenido del acta de la sesión de fecha 02/07/2.007 por todos los miembros de la Corporación en orden a efectuar alguna observación a la misma y no produciéndose ninguna por encontrarla correcta todos los concejales, ésta resulta aprobada por unanimidad.

TERCERO: ACUERDO PLENARIO EN REFERENCIA A ORGANIZACIÓN MUNICIPAL DE FESTEJOS POR EL AYUNTAMIENTO PARA FERIA 2.007:

Programación General y días horarios y tipos de festejos taurinos a celebrar, así como determinación sobre ciclo de festejos. Presupuesto de tal programación. Autorización gestión expediente.

Se da cuenta por Alcaldía-Presidencia de la programación y presupuesto para tales festejos, documentación que se une al presente acta en sendos anexos para su constancia y conocimiento oportunos.

Se incorpora a la programación impresa un Festejos Taurino consistente en SUELTA DE RESES el día Sábado 11 de Agosto de 2.007 a partir de las diecisiete horas.

Interviene el Sr. Alcalde-Presidente para indicar que se ha programado la apertura para el día 5 de Agosto a partir de las 23:00 horas con el objeto de darle una mayor relevancia a dicho acto, en el cual además y, como se verá en el próximo pleno, se va a proponer el nombramiento de hijo predilecto, adoptivo y mayor del año, argumentando que es un cambio con respecto a años anteriores pero que considera que aunque todo cambio genera de por sí inseguridad o temor sobre sus resultados, estima no obstante mas apropiado programar la apertura en dicha fecha y horario, respetando, lógicamente, que pueda haber concejales que no estén de acuerdo en ello.

Además incide en que es su propósito llevar un control exhaustivo de todos los gastos e ingresos que se contraigan en el primer caso y se generen en el segundo, como consecuencia de éstos festejos, dado que el control del gasto llevará aparejada una mejor gestión económica en éste apartado que el "control y gestión efectuado en años anteriores".

Finaliza su intervención dando las gracias al Sr. García, concejal del P.P. por su colaboración en la elaboración del programa de las aldeas.

Interviene a continuación en Sr. Rubio Caballero, portavoz de I.U. el cual efectúa cuatro observaciones:

1- Alude a que con el mismo presupuesto de gastos en el apartado de verbenas, los grupos contratados son de mayor calidad, "cuestionándose el motivo de ello".

2- Manifiesta su disconformidad con el horario de apertura de la feria, que considera debería ser en horario anterior y es propuesta que efectúa al pleno.

3- Considera que si la revista está presupuestada en ingresos debe estar presupuestada en gastos aunque su financiación no sea municipal.

4- Solicita que una vez efectuada se presente la liquidación de los presupuestos de los festejos.

Interviene el Sr. Fernández González del P.P. para preguntar que ¿cómo se han elegido las personas que han elaborado la programación?. A ello responde el Alcalde-Presidente que se trata de voluntarios y de toda la gente que, en definitiva, han querido de manera desinteresada aportar su ayuda a éste particular.

Finaliza su intervención el Sr. Fernández González considerando que es mucho dinero el que se presupuesta para los festejos y demasiado esfuerzo por tanto para las arcas municipales.

Visto el contenido de éste punto el pleno de la Corporación acuerda por UNANIMIDAD de los presentes:

Primero: Aprobar la celebración de los siguientes festejos taurinos populares:

-Festejo: Encierro de reses por el campo, por vías urbanas y posterior suelta de reses en SOCOVOS-(ALBACETE).

Días: 8,9,11 y 12 de Agosto

Horario de inicio previsto: 11:00 horas.

-Festejo: Suelta de reses.

Día: 11 de AGOSTO de 2.007.

Horario de inicio previsto: 17:00 horas.

Segundo: Solicitar la celebración de los referidos festejos en la modalidad de CICLO DE FESTEJOS.

Tercero: Autorizar a Asesoría Tauro C.B. con C.I.F. E-02255727 para la realización de cuantas gestiones y trámites sean precisos para la legalización de los festejos indicados en el punto primero.

Cuarto: Comunicar el presente acuerdo a la Delegación Provincial de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en Albacete en orden a su autorización oportuna.

CUARTO: ACUERDO PLENARIO EN REFERENCIA A ORGANIZACIÓN MUNICIPAL DE FESTEJOS POR EL AYUNTAMIENTO EN TAZONA-LOS OLMOS Y CAÑANA BUENDÍA 2.007:

Programación General y días horarios y tipos de festejos taurinos a celebrar, así como determinación sobre ciclo de festejos. Presupuesto de tal programación. Autorización gestión expediente.

Se da cuenta por Alcaldía-Presidencia de la programación y presupuesto para tales festejos, documentación que se una al presente acta en sendos anexos para su constancia y conocimiento oportunos.

Interviene el Alcalde-Presidente para indicar que, aunque no existe una comisión como tal, el grupo organizador se ha comprometido al abono del importe de las reses.

Interviene el Sr. Lucas para indicar que da su apoyo a ése grupo organizador aunque no se haya constituido como tal comisión.

Visto el contenido de éste punto el Pleno de la Corporación acuerda por UNANIMIDAD:

Primero: Aprobar la celebración de los siguientes festejos taurinos populares:

-Festejo: Encierro de reses por el campo, por vías urbanas y posterior suelta de reses en TAZONA-SOCOVOS-(ALBACETE).
Días: 25, 26 y 27 de AGOSTO DE 2.007.

Horario de inicio previsto: 10:00 horas.

-Festejo: Suelta de reses.

Día: 25 de AGOSTO de 2.007.

Horario de inicio previsto: 18:00 horas.

La solicitud lo es para CICLO DE FESTEJOS.

Segundo: Aprobar la memoria del encierro adjunta.

Tercero: Autorizar a Asesoría Tauro C.B. con C.I.F. E-02255727 para la gestión de cuantas gestiones y trámites sean precisos para la legalización de los festejos indicados en el punto primero.

Cuarto: Solicitar autorización para su celebración a la Delegación Provincial de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. En Albacete.

QUINTO: REVISIÓN PLENARIA CONTRATOS DE ACTUACIONES MUSICALES PARA FERIA 2.007 FIRMADOS EN FECHA 12/05/2.007 POR ANTERIOR PRESIDENCIA DE LA CORPORACIÓN.

Se da cuenta del Informe emitido por Secretaría-Intervención a petición de Alcaldía sobre el particular cuyo texto es el que sigue:

D. ALBERTO MONZÓN DE LA TORRE, SECRETARIO-INTERVENTOR DEL AYUNTAMIENTO DE SOCOVOS EN LA PROVINCIA DE ALBACETE, a petición del Alcalde-Presidente de la Corporación y en aplicación del artículo 173.1 a) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, emito informe sobre los extremos que se deducirán en base a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero: Con fecha 12 de mayo de 2.007, se firman contratos entre el Ayuntamiento de Socovos a través de su Alcaldesa-Presidenta con los siguientes artistas u orquestas que a continuación se relacionan:

1- Jaguar Orquesta. Importe: 3.000 Euros+ IVA.

2- Orquesta Comanche: 3.600 Euros + IVA.

3- Esperanza Orquesta: 2.700 Euros + IVA

4- Orquesta Mama Luna: 4.600 Euros + IVA

5- Orquesta Mediterráneo: 4.600 Euros + IVA

Segundo: Que se solicita por la Alcaldía-Presidencia informe sobre ajuste a la legalidad de tal contratación efectuada por la Alcaldesa-Presidenta cesante y en orden a la posibilidad de proceder a la anulación de los mismos mediante un acuerdo plenario que se adopte al efecto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero: Artículo 5.2 b del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por RD Legislativo 2/2.000, de 16 de Junio, el cual establece que: ..." Son contratos administrativos: ..." Los de objeto distinto de los anteriormente expresados, pero que tengan naturaleza administrativa especial por resultar vinculados al giro o tráfico específico de la administración contratante, por satisfacer de forma directa o inmediata una finalidad pública o específica competencia de aquélla..."

Segundo: Artículo 11 del TR Ley de Contratos de las Administraciones Públicas el cual determina que: ..." 2- Son requisitos para la celebración de los contratos de las administraciones Públicas, los siguientes:

a) Competencia del órgano de contratación.

e) La existencia de crédito adecuado y suficiente, si del contrato se derivan obligaciones de contenido económico para la administración.

f) La tramitación de expediente

g) La fiscalización previa de los actos administrativos de contenido económico, relativos a los contratos en los términos previstos en as correspondientes normas presupuestarias de las distintas administraciones públicas.

Tercero: Artículo 68 del TR Ley de Contratos de las Administraciones Públicas el cual determina que:

68.1: El expediente deberá abarcar la totalidad del objeto del contrato y comprenderá todos y cada uno de los elementos que sean precisos para ello.

68.2: No podrá fraccionarse un contrato con objeto de disminuir la cuantía del mismo eludiendo así el procedimiento o la forma de adjudicación que corresponda.

Cuarto: Artículo 214.1 TR Ley Haciendas Locales aprobado por RD Legislativo 2/2.004 de 5 de Marzo el cual determina que: ..." La función interventora tiene por objeto fiscalizar todos los actos de las Entidades Locales y de su organismos autónomos que den lugar al reconocimiento y liquidación de derechos y obligaciones o gastos de contenido económico, los ingresos y pagos que de aquellos se deriven y la recaudación, inversión y aplicación, en general de los caudales públicos administrados, con el fin de que la gestión se ajuste a las disposiciones aplicables a cada caso.

Quinto: Artículo 214.2 del TR Ley de haciendas Locales aprobado por RD Legislativo 2/2.004 de 5 de Marzo el cual determina que: ..."El ejercicio de la expresada función comprenderá:

a) La intervención crítica o previa de todo acto, documento o expediente susceptible de producir derechos u obligaciones de contenido económico o movimiento de fondos valores.

b) La intervención formal en la ordenación del pago.

Sexto: Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Bases de Régimen Jurídico y del Procedimiento Administrativo Común la cual determina en su artículo 62.1 e) que son nulos los actos de las administraciones públicas: ..." que se dicten prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido.

CONCLUSIONES:

Primero: Los contratos celebrados y objeto del presente informe se entienden de naturaleza administrativa, al cumplir una finalidad pública y específica competencia de ésta entidad local.

Segundo: No consta en Secretaría-Intervención la tramitación de ningún expediente administrativo para la adjudicación de los referidos contratos (competencia del órgano de contratación, fiscalización del gasto, existencia de crédito adecuado y suficiente, tramitación del oportuno expediente, ...).

Tercero: A juicio de ésta Secretaría-Intervención podría producirse la existencia de un fraccionamiento del contrato que permitiera una disminución de su cuantía que eluda el procedimiento de contratación que corresponda y en contravención del anteriormente indicado artículo 68 del TR Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Cuarto: En definitiva el expediente (o la falta de documentación preceptiva en la tramitación del mismo) podrían derivar en una nulidad de los actos administrativos suscritos por la Alcaldesa-Presidenta cesante y por tanto de los contratos celebrados al efecto, sin perjuicio de las responsabilidades que pudiera exigir al Ayuntamiento el adjudicatario de los mismos por daños y perjuicios que se le hubieran producido.

Visto el contenido de éste punto interviene el Sr. García, concejal del P.P. para indicar que en la reunión mantenida con el representante de los espectáculos se le dijo que se mantendrían determinados contratos pero que no se anularían todos. A ello responde el Sr. Alcalde que se trató de llegar a un acuerdo con él pero no fue posible por lo que lo que se trae al pleno es acordar la anulación de los contratos por los vicios de los que adolecen y remitir dicho acuerdo a la empresa con la que efectuó la contratación la anterior Alcaldesa.

Visto el contenido de éste punto el Pleno de la Corporación acuerda por UNANIMIDAD:

1- Anular los contratos a los que viene referido el informe de Secretaría-Intervención indicado con anterioridad y de fecha 25/06/2.007.

2- Remitir certificación de éste acuerdo a la empresa adjudicataria.

Y, para que conste y surta los efectos oportunos libro la presente con el VºBº del Sr. Alcalde-Presidente en Socovos a veinte de Agosto de dos mil siete.

Vº Bº

EL ALCALDE-PRESIDENTE

Fdo: Antonio Rubio Navarro.

AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE SOCOVOS (Albacete)