lunes, 19 de abril de 2010

ACTA 30 DE NOVIEMBRE DE 2009

ACTA DE LA SESION ORDINARIA DEL PLENO DE LA CORPORACIÓN CELEBRADA EL DIA TREINTA DE NOVIEMBRE DE DOS MIL NUEVE.


Asistentes
Alcalde-Presidente
D. Antonio Rubio Navarro.
Concejales
Grupo Socialista
D. Maria Teresa Miranda Jiménez.
D. Gonzalo Rubio Sánchez.
D. Juan García Lorenzo.
Grupo Popular
D. Miguel Lucas Marín
Dña. María del Carmen Pérez Ramón.
Grupo I.U.
D. Jesús Rubio Caballero
D. Pedro González Rivas.
No asisten y no excusa
D. Juan de la Cruz Fernández González. P.P.
Secretario
D. Alberto Monzón de la Torre



En el salón de sesiones de la Casa Consistorial siendo las veinte horas del día treinta de Noviembre de 2.009 se reúnen los concejales citados más arriba al objeto de celebrar la sesión para la que habían sido previamente convocados, y abierto el acto por el Alcalde-Presidente comienza el debate sobre los asuntos incluidos en el orden del día, asuntos sobre los que recayeron los siguientes acuerdos.


PRIMERO:
LECTURA Y APROBACIÓN ACTA 28/09/2.009.

Dada cuenta de las referidas actas en orden a la posibilidad de los Sres. concejales de efectuar alguna observación a las mismas interviene el Sr. González Rivas, concejal del Grupo Municipal I.U. para indicar que se han omitido en el acta de referencia algunas preguntas que formuló en el punto correspondiente por lo que presentará las mismas por escrito en orden a que sean incorporadas al citado acta.

Con ésta matización el acta es aprobada por UNANIMIDAD.


SEGUNDO:
APROBACIÓN DEFINITIVA REGLAMENTO DEL CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL.

Se da cuenta de las modificaciones introducidas al texto inicial del Reglamento del Consejo Escolar Municipal, quedando el mismo como sigue en su texto definitivo:

REGLAMENTO DEL CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL

TÍTULO I: DE SU NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO

Artículo 1: Naturaleza

El Consejo Escolar Municipal es el órgano de consulta y participación de los sectores afectados en la programación de la enseñanza dentro de ámbito municipal.

Artículo 2: Régimen jurídico

La organización y el funcionamiento del Consejo Escolar Municipal se rige por lo que establece sobre órganos colegiados la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación, por el Decreto 325/2008, de 14-10-2008 y por el presente Reglamento y Reglamento Municipal de los Consejos Sectoriales del Ayuntamiento de Socovos aprobado en pleno de 26 de Noviembre de 2007, por este orden normativo.

TÍTULO II: COMPOSICIÓN Y COMPETENCIAS DEL CONSEJO ESCOLAR
MUNICIPAL Y COMPETENCIAS

Artículo 3: Composición del Consejo Escolar Municipal y competencias

El Consejo Escolar Municipal. lo integran aquellas personas que representan a la comunidad educativa en el municipio de Socovos y tendrá la siguiente composición:

Alcalde/sa o concejal/a en quien delegue.
1 profesor/a del Colegio Público “LEON FELIPE”
1 profesor/a del Colegio Público “ RAMON Y CAJAL”
1 profesor/a del I.E.S.O.
1 representante del C.R.A.E.R.
1 alumno/a del I.E.S.O. que será, preferentemente, el que represente a los alumnos en el Consejo Escolar del Centro o, en su defecto, el que designe la Asociación de alumnos, si estuviere constituída.
1 representante de la A.M.P.A. del Colegio Público “LEON FELIPE”
1 representante de la A.M.P.A del Colegio Público “ RAMON Y CAJAL”
1 representante de la A.M.P.A. de I.E.S.O.
1 representante de la administración educativa
1 representante de los servicios sociales con ámbito de actuación en la localidad.
1 secretario, que será un funcionario municipal, con voz pero sin voto.

Serán funciones del Consejo Escolar Municipal las siguientes cuestiones:
1. La elaboración de proyectos educativos de a localidad y la coordinación e incorporación de las ofertas formativas que desde la sociedad se dirijan a la comunidad educativa.
2. La programación de las actividades complementarias cuando estén relacionadas con el uso del entorno cercano; de las actividades extracurriculares y los planes de apertura.
3. La localización de las necesidades educativas, las propuestas de creación, supresión y sustitución de plazas escolares en el ámbito municipal, así como las de renovación de los centros escolares y la escolarización del alumnado.



4. La planificación de las actuaciones municipales que afecten al funcionamiento de los centros escolares en materia de limpieza, conservación, mantenimiento y reforma de instalaciones.
5. La programación de medidas dirigidas a colaborar en el fomento de la convivencia en los centros, a la igualdad entre hombres y mujeres y a la prevención del cumplimiento del principio de escolaridad obligatoria 6. La organización, de los servicios de transporte y de comedor.
7. La programación de la formación permanente de adultos en enseñanzas no regladas procurando enfocarla siempre desde un modelo abierto y social.
8. El fomento de las actividades tendentes a mejorar la calidad educativa.
9. Las acciones que fomenten los valores culturales propios de nuestra localidad, comarca y Región.
10. Fijar los criterios de prioridad en la política educativa municipal en función de las necesidades.
11. Coordinar los servicios que para los escolares existan en los ámbitos de la cultura, servicios sociales, actividades deportivas etc., con la actividad docente.
12. Elaborar y someter a la consideración municipal, propuestas en materia de Formación Profesional.
13. Elaborar propuesta de mejora del sistema educativo a través de iniciativas o enmiendas, encaminadas hacia un modelo educativo que responda a valores de ciudadanía democrática y que esté integrado en los ejes marcados por la normativa educativa de nuestra comunidad autónoma.
14. Cualquier otro cometido que dentro del ámbito educativo le sea conferido por el Ayuntamiento dentro del límite de sus competencias, o por las autoridades educativas.
El Consejo Escolar Municipal deberá elaborar una Memoria anual de sus actividades y un informe bianual sobre la situación educativa en el Municipio, que tendrán carácter público y deberán ser aprobados por el pleno. Asimismo, el Consejo Escolar Municipal podrá elevar a los órganos competentes según la materia, propuestas sobre aspectos del sistema educativo que afecten a los residentes en la misma.

Artículo 4: La Presidencia y sus competencias

La presidencia del Consejo Escolar Municipal corresponde al Alcalde/sa Presidente/a del Ayuntamiento de Socovos o concejal /a en quien delegue.
Son funciones de la Presidencia:
1.- Ejercer la dirección, representación y coordinación del Consejo Escolar Municipal.
2.- Fijar el orden del día, convocar y presidir las sesiones del Consejo, dirimir las votaciones en caso de empate y vigilar la ejecución de sus acuerdos.
3.- Autorizar informes y dictámenes y visar las actas así como las certificaciones que se expidan.
TÍTULO III: FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL

CAPÍTULO I: COMPOSICIÓN, FUNCIONES Y RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO

Artículo 5: De los Consejeros y Consejeras

1.- El mandato de los Consejeros y Consejeras será de cuatro años.
2.- Cada colectivo designará a dos personas, una como titular y otra como suplente, para que su nombramiento sea tramitado por el pleno municipal.
3.- En caso de ausencia del titular el suplente asumirá la representación de dicho colectivo, asumiendo plenamente sus competencias.
4.- Los Consejeros y Consejeras perderán su condición de miembros del Consejo Escolar Municipal por alguna de las siguientes causas:
4.1.- Terminación de su mandato.
4.2.- Cuando dejen de concurrir los requisitos que determinaron su designación.
4.3.- Revocación del mandato conferido por la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, cuando se trate de representantes de la Administración educativa y, en su caso, por las organizaciones que los designaron.
4.4.- Renuncia.
4.5.- Haber incurrido en penas que inhabiliten para el ejercicio de cargos públicos impuestas por sentencia firme sin que por ellas se haya obtenido la correspondiente rehabilitación.
4.6.- Incapacidad permanente que imposibilite el desempeño del cargo.

Artículo 6: Funcionamiento del Consejo Escolar Municipal

1.- El Consejo Escolar Municipal funciona en régimen de pleno y comisiones de trabajo. Entre sesiones plenarias se constituirá una comisión permanente que velará por el cumplimiento de lo acordado por el pleno.
2.- Las comisiones de trabajo se constituirán en el seno del pleno.

CAPÍTULO II: DEL PLENO

Artículo 7: Funcionamiento del pleno

1.- El pleno se reunirá de forma ordinaria dos veces al año y de forma extraordinaria siempre que lo solicite un tercio de sus miembros. La primera reunión ordinaria se hará al inicio del curso escolar con la finalidad de trazar los objetivos y planificar las actividades. La segunda se convocará a finales del mes de junio para analizar los resultados del curso escolar.

2.- El pleno será convocado por el/la Presidente/a al menos con 10 días hábiles, a iniciativa propia o a petición de un tercio de los miembros, y si existieran razones de urgencia, con 48 horas de antelación.

3.- El pleno del Consejo podrá solicitar la asistencia a sus reuniones de personas de reconocido prestigio y conocimientos, con voz pero sin voto.

4.- Todos los acuerdos adoptados por el pleno se trasladarán a los órganos o instituciones competentes en la materia para que se tomen las medidas oportunas con el fin de darle respuestas a éstas.

5.- El régimen de acuerdos del pleno será el de la mayoría absoluta. Si ésta no se obtuviera, bastaría la mayoría simple en una segunda votación, decidiendo, en caso de empate, el voto de la Presidencia. No obstante la comisión de trabajo podrá proponer en su dictamen sobre cualquier asunto, otro régimen de acuerdo diferente debidamente justificado y atendiendo a razones de importancia del asunto, el cual deberá ser ratificado con carácter previo por el Pleno, con el respaldo de la mayoría de los asistentes.

6.- El pleno quedará válidamente constituido cuando asistan el Presidente, el Secretario y la mayoría absoluta de sus miembros en primera convocatoria, y si no existiera quórum, el órgano quedará válidamente constituido si media hora después, y en segunda convocatoria, están la tercera parte de los miembros del consejo.

CAPÍTULO III: DE LAS COMISIONES DE TRABAJO Y EL FOMENTO DE LA
IGUALDAD

Artículo 8: Comisiones de trabajo y fomento de la igualdad

1.- El Consejo Escolar Municipal decidirá el número de comisiones de trabajo que deban elaborar informes y dictámenes.
2.- Como mínimo se constituirán las siguientes comisiones:
2.1.- Comisión de absentismo escolar.
2.2.- Comisión de mantenimiento de edificios e infraestructuras.
2.3.- Comisión de actividades extracurriculares y programas de atención al alumnado.

Además de estas comisiones, una persona del pleno será la encargada de impulsar medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.

Dicha persona será propuesta por cualquiera de los componentes del pleno mayores de edad y su nombramiento se aprobará por mayoría simple.

Artículo 9: Función de las comisiones de trabajo

Corresponde a las comisiones preparar el despacho de los asuntos en los que deba informar al Consejo y podrán también ejercer la ponencia de sus asuntos ante éste.

Artículo 10: Composición de las comisiones de trabajo

1.-Las comisiones de trabajo estarán formadas al menos por los siguientes componentes:
Un representante del profesorado
Un representante de las AMPAS
Un representante de los alumnos
2.- La composición de las comisiones de trabajo así como la persona encargada de fomentar la igualdad entre sexos, se propondrá en el Consejo a partir de las adscripciones voluntarias de sus miembros a éstas.
3.- Asimismo podrán incorporarse para prestar asistencia técnica funcionarios o miembros del Consejo no inscritos inicialmente en la Comisión de la que se trate.


CAPÍTULO IV: DE LA ELABORACIÓN DE MEMORIAS, INFORMES Y ACTAS

Artículo 11: Memorias

El Consejo Escolar Municipal deberá elaborar una Memoria anual de sus actividades y un informe bianual sobre la situación educativa en el Municipio, que tendrán carácter público y deberán ser aprobados por el pleno. El informe y la memoria deberán remitirse al Ayuntamiento, a los centros educativos de SOCOVOS y a la Delegación Provincial de Educación y Ciencia a lo largo del primer trimestre del curso siguiente.
Los Consejos Escolares de Municipales podrán elevar a los órganos competentes según la materia, propuestas sobre aspectos del sistema educativo que afecten a los residentes en la misma

Artículo 12: Actas

1. De las sesiones del Pleno se levantará acta por el/la Secretario/a en la que deberá constar: 1.1.- Día, hora de comienzo y finalización de la sesión y lugar de celebración. 1.2.- Relación de asistentes, de quienes hayan excusado su asistencia y otras personas citadas, en su caso.
1.3.- Los asuntos que se traten en el Pleno.
1.4.- Los acuerdos adoptados y el resultado de las votaciones.
1.5.- El texto de los informes, estudios o declaraciones adoptadas.
1.6.- Las opiniones e intervenciones de los/as Consejeros/as, con referencia expresa a los intervinientes.
2. El acta será aprobada, en su caso, en el primer punto del orden del día de la siguiente reunión.
3. El acta será firmada por el/la Secretario/a con el visto bueno del/la Presidente/a e incorporada al libro de actas del Consejo Escolar Municipal.
4. Podrá aportarse por escrito, voto particular de aquellos Consejero/s que lo soliciten a efectos de constancia y justificación de sus posicionamientos.

DISPOSICIÓN FINAL

Este reglamento entrará en vigor una vez aprobado por el pleno del ayuntamiento de SOCOVOS y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia.

En SOCOVOS a 02 de Junio de 2.009

DILIGENCIA.- Para hacer constar que el presente Reglamento es aprobado por el Consejo Escolar Municipal en reunión del día veintiocho de septiembre de dos mil nueve.
EL FUNCIONARIO-SECRETARIO
DEL CONSEJO
Saturnino González Martínez

Visto y conocido el contenido de las modificaciones introducidas, el Pleno de la Corporación acuerda por UNANIMIDAD:

Primero y único: Aprobar de forma definitiva el REGLAMENTO DEL CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL.

TERCERO: AUTORIZACIÓN SUBCONTRATACIÓN CENTRO TURÍSTICO MUNICIPAL DE EL CAÑAR (ARRENDAMIENTO DE RESTAURANTE Y CAFETERIA),CONFORME A CLÁUSULA SÉPTIMA DEL CONTRATO DE GESTION DEL SERVICIO PUBLICO “CENTRO TURÍSTICO MUNICIPAL DE EL CAÑAR.

Se pone en conocimiento del Pleno de la Corporación del escrito registrado en el ayuntamiento en fecha 24 de Noviembre de 2.009 por D. Angel Miranda Lozano en representación de Grupo Río Rural S.L. y en su condición de adjudicatario del contrato para la gestión del servicio público Centro Turístico Municipal de El Cañar y, en virtud del cual, comunica al Ayuntamiento que ha procedido con fecha 18 de Noviembre de 2.009 a suscribir contrato de arrendamiento del restaurante y de la cafetería del Centro Turístico. Esta subcontratación la comunica en aplicación de la cláusula séptima párrafo 5 del contrato suscrito en fecha 6 de Julio de 2.009 para la gestión y explotación del servicio público Centro Turístico Municipal de El Cañar, cláusula que indica que:

Son derechos del concesionario: ...” La subcontratación parcial del centro, que estará sometida a previa autorización del Ayuntamiento de Socovos...”

Conocido el contenido de éste punto y pese a que la autorización debería haber sido previa a la suscripción, el pleno de la Corporación, no obstante, ACUERDA:

Primero: Tomar conocimiento, ratificar y autorizar la subcontratación del restaurante y cafetería del Centro Turístico.

Segundo: Comunicar el presente acuerdo al interesado.

CUARTO: EXPEDIENTE VIVIENDAS DE PROTECCIÓN PUBLICA:

Dejar sin efecto acuerdo de fecha 28/10/2.008 sobre cesión de solares a GICAMAN.
Examen y aprobación presupuesto presentado para elaboración proyecto básico y de ejecución de viviendas. Dotación presupuestaria para el ejercicio 2.010.

Se da cuenta del estado de tramitación sobre cesión gratuita de solares a la Empresa Pública GICAMAN, para construcción de viviendas de Protección Pública. Así, en fecha 28/10/2.008 se procedió a adoptar el acuerdo que, en referencia a éste punto, se incluye a continuación:

...” Finalizado el debate sobre ésta cuestión y conocido el contenido de éste punto el pleno de la Corporación ACUERDA por UNANIMIDAD:

Primero: Ceder gratuitamente a la Empresa Pública de Gestión de Infraestructuras de Castilla-La Mancha los siguientes solares de titularidad municipal en orden a la próxima construcción de Viviendas de Protección Oficial en Régimen de Protección Especial:

-Solar urbano en el municipio de Socovos con las siguientes características:

*Situación: C/ Pinico. Espalda calle Nueva.
*Superficie: 580 metros cuadrados.
*Linderos:
Norte: C/Cervantes.
Sur: C/Pinico.
Este: Joaquín Campos Sánchez.
Oeste: Juan Valero Burguillos.

Calificación: Bien con la calificación jurídica de patrimonial.
Inscripción: Tomo 799; Libro: 47; Folio: 224; Finca: 5.244. Registro de la Propiedad de Yeste.
Propiedad: Ayuntamiento de Socovos en pleno dominio careciendo de cargas y gravámenes.

- Solar urbano en el municipio de Socovos con las siguientes características:

Situación: C/ Hospital 13
Superficie: 100,20 metros cuadrados.
Linderos:

Norte: C/ Lope de Vega.
Sur: Ayuntamiento
Este: Herederos Rosa Martínez Sánchez
Oeste: Herederos Dolores Rivas Juárez.

Calificación: Bien con la calificación jurídica de patrimonial.
Inscripción: Tomo: 827; Libro: 49; Folio: 213; Finca: 5.400.
Propiedad: Ayuntamiento de Socovos en pleno dominio por título de segregación, careciendo de cargas y gravámenes.

Segundo: Someter el presente acuerdo a información pública conforme a lo prevenido en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (artículo 110.1 f ).

Pues bien se trae a la consideración plenaria el dejar sin efecto el citado acuerdo en orden a proceder directamente la Entidad Local a promover la construcción de las citadas viviendas de protección pública aplicando la normativa autonómica en ésta materia.

Igualmente se trae a la consideración del Pleno el presupuesto presenta por ROTO ARQUITECTOS con C.I.F. B-73518375 y por importe de 18.000 Euros y 2.880,00 Euros de IVA para la redacción del proyecto básico y de ejecución y dirección de obras para construcción de viviendas de protección Pública en Socovos.


Visto el contenido de éste punto el Pleno de la Corporación acuerda por UNANIMIDAD:

Primero: Dejar sin efecto el acuerdo de fecha 28/10/2.009 anteriormente indicado, procediendo el Ayuntamiento a la promoción de las mismas mediante convenio con la Consejería de Vivienda y Urbanismo.
Segundo: Comunicar éste acuerdo a la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda.
Tercero: Aprobar el presupuesto presentado por ROTO ARQUITECTOS para la redacción del proyecto básico y de ejecución y dirección de obras para construcción de viviendas de protección pública en Socovos, comprometiendo crédito a la partida correspondiente y por tal importe del ejercicio 2.010.

QUINTO: REAL DECRETO LEY 13/2.009, DE 26 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE CREA EL FONDO ESTATAL PARA EL EMPLEO Y LA SOSTENIBILIDAD LOCAL: APROBACIÓN, TRAS DICTAMEN DE LA COMISION DE OBRAS Y SERVICIOS, DE MEMORIAS PARA CONCURRIR AL COTADO FONDO:

Se da cuenta de la convocatoria efectuada mediante Real Decreto-Ley 13/2.009, de 26 de Octubre por el que se crea el nuevo fondo para el empleo y la sostenibilidad local.

Pues bien, se informa igualmente de las memorias elaboradas por los servicios técnicos municipales y para la concurrencia a la convocatoria del citado fondo y consistentes en las siguientes inversiones:


1- Construcción Centro de Atención a la Infancia. C/ Parada 2, por importe de OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUATRO EUROS (85.404,00 Euros).
Ejecución Material: 81.344, 00 Euros.
Gastos Redacción proyecto y Dirección de Obra: 4.060,00 Euros.
2- Adecuación y Mejora de sectores de Alumbrado Público en Socovos, (sustitución de lámparas de vapor de mercurio por halogenuro metálico, sustitución de balastros existentes por electrónicos de doble nivel, sustitución de interruptores crepusculares por interruptores


astronómicos) por importe de SESENTA Y UN MIL SEIS EUROS CON SETENTA Y DOS CENTIMOS DE EURO (61.006,72 EUROS).
3-Adecuación y Mejora Edificios Municipales. (sustitución tejas Casa de Cultura, colocación de persianas en ventanas de ambas fachadas, acondicionamiento y pavimentación con hormigón de acceso lateral, colocación de compactos exteriores para edificio Ayuntamiento), por importe de DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA EUROS CON SESENTA Y SEIS CENTIMOS DE EURO (18.430, 66 Euros).
4-Adecuación y Mejora de Local de la Tercera Edad en Tazona. C/ Los Angeles, (limpieza de tejado con sustitución de tejas en mal estado, construcción de cámara de aire y acondicionamiento de vía pública colindante. por importe de NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES EUROS CON TREINTA Y OCHO CENTIMOS DE EURO (9.953,38 Euros).
5- Instalación de Red Wifi en los Municipios de Socovos (AB) y Férez (AB), mediante convenio entre las dos Entidades Locales:
Coste Total de la Instalación:39.638,36 Euros.
Aportación Ayuntamiento de Socovos (AB): 28.499,98 Euros.
Aportación Ayuntamiento de Férez (AB): 11.138,38 Euros.
6. Mejora de las cualidades de ahorro energético en dependencias municipales (sustitución de caldera de gasoil por caldera de biomasa, pequeñas actuaciones de albañilería a fin de minimizar puentes térmicos en las fachadas, reparaciones de carpintería de madera con excesivo paso de rendija), por importe de SEIS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE EUROS CON SETENTA CENTIMOS DE EURO (6.649,70 Euros).

Solicita el Sr. Lucas (portavoz del P,P.) que ...”las adjudicaciones se efectúen de forma clara y se de la oportunidad a todos los empresarios de la localidad...”, respondiendo el Sr. Alcalde que ...”las empresas de Tazona no licitaron a las obras en el Fondo de 2.009...”

Interviene igualmente el Sr. González Rivas (Grupo I.U.) para indicar que debe exigirse el cumplimiento estricto del Plan de Seguridad y Salud.
Además en relación a la actuación sobre el alumbrado pregunta que ...”dónde se van a instalar las luminarias...”, respondiendo el Alcalde que ...”va a quedarse prácticamente terminada la sustitución de todas las luminarias de la localidad....” pero que la preferencia será donde haya mayor número de vecinos que puedan beneficiarse de la instalación....”

Considerando el informe favorable emitido por la Comisión Informativa de Obras, Servicios, Urbanismo y Medio Ambiente en su reunión de fecha 23/11/2.009, el Pleno de la Corporación acuerda por UNANIMIDAD:

Primero: Aprobar las citadas memorias valoradas cuyo importe total asciende a DOSCIENTOS NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CUATRO EUROS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMOS DE EURO (209.944,44 Euros).

Segundo: Remitir el presente acuerdo junto con la documentación exigida en la convocatoria y en la forma que se indica en la misma.

SEXTO: ACUERDO PLENARIO SOBRE PARTICIPACIÓN EN EL PLAN PROVINCIAL DE COOPERACIÓN A LAS OBRAS Y SERVICIOS 2.010 Y SUS REMANENTES DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE

Visto el contenido de éste punto el Pleno de la Corporación acuerda por UNANIMIDAD:




Primero: Solicitar con cargo a los citados Planes Provinciales la continuación de la obra iniciada en el ejercicio anterior, es decir, PAVIMENTACIÓN DESDE LA CARRETERA A LOS OLMOS (continuación de la del ejercicio 2.009 pavimentación desde Pza. de Castilla-la Mancha a la carretera).

Segundo: Comunicar el presente acuerdo a la Excma. Diputación Provincial de Albacete.


SÉPTIMO: DAR CUENTA DE GESTIONES Y RESOLUCIONES DE ALCALDÍA.

Da cuenta la presidencia de las que siguen:

1-Expediente RENCOBA ENERGIAS ALTERNATIVAS. El Ayuntamiento terminó de tramitar la documentación correspondiente y sigue pendiente del Ministerio de Industria en Madrid.

2-Carretera del Puente de Híjar. Existe ya un acuerdo entre Confederación y Diputación para acometer obras por importe de 4.2 millones de Euros. El expediente de contratación y adjudicación lo tramitará Diputación y pagará la Confederación. Además sobre éste tema incide en que desde su toma de posesión ha realizado gestiones y ha celebrado reuniones con Subdelegación, Diputación y Confederación sobre el particular.

3- En relación a la empresa Aqualia, alude a deuda existente con el Ayuntamiento, además de deficiencias en certificación de obra presentada en la que parece que hay partidas de obra no ejecutadas. Igualmente ha sido remitido escrito a la Agencia Estatal de Protección de Datos en el que se pone en conocimiento las dificultades que está planteando la antigua concesionaria para la entrega de determinados datos que son necesarios para la nueva empresa adjudicataria.

En referencia a las resoluciones han sido repartidas a los portavoces junto con la convocatoria por lo que se dan por conocidas.

OCTAVO: RUEGOS Y PREGUNTAS:

Se producen los que siguen:

Sr. Rubio Caballero. (I.U.):

a) Reitera el estado de la Escombrera. Sobre éste tema indica el Sr. Alcalde que vinieron de Medio Ambiente y el terreno propuesto no era adecuado. Hacen falta 3.000 m para el 2.010.
b) Reitera el estado del cableado fachadas. Indica el Alcalde que se están arreglando algunos.
c) Solicita que en el actual proyecto que está ejecutando la Fuente de El Partidor se incluya acometida para el campo de fútbol.El Alcalde está de acuerdo.
d) Solicita de vea la posibilidad de adquisición de aparatos de movilidad para personas de la tercera edad .
e) El servicio de recogida de basura está resultando nefasto.
f) Solicita se impulse el expediente sobre carretera Socovos- Benizar.
g) Solicita se proceda a marcar líneas con pintura en aparcamientos.

Sr. González Rivas. (I.U.).

a) Mal estado del vertedero de Socovos.
b) Estado del asunto de la granja de Tazona. Indica el Alcalde que habló con el propietario y está a la espera de subvención de la Junta.
c) En la C/ Iglesia en la bajada del Castillo hay árboles con ramas secas. Debe procederse a su poda. Indica el Alcalde que la época de poda es Diciembre o Enero.
d) Insiste en el asunto de la petición del punto limpio a Diputación. Responde el Alcalde que reiterará la petición a Diputación.
e) Mal estado de muchos caminos rurales de la localidad.
f) Alude al peligro de los corrales de la plaza de Tazona. Convendría poner candados. Indica el Alcalde que se pondrán.
g) Solicita se vea la posibilidad de que el importe de la recogida de los residuos sólidos se retraigan directamente de los tributos municipales para su pago a la empresa adjudicataria.
h) Solicita se pida la limpieza del pantano de Tazona a Confederación. Se trató ya éste tema con la Confederación y se reiterará durante 2.010.

Sr. Lucas Marín (P.P.).

a) Alude a escasa potencia en el suministro eléctrico.
b) Considera igualmente asunto preocupante el estado del servicio de recogida de residuos urbanos.
c) Solicita relación de pagos efectuados con la operación de refinanciación. Indica que está hecho y a disposición de los Sres. concejales.

Y, no habiendo más asuntos de los que tratar la Alcaldía da por finalizado el acto levantándose la sesión a las veintiuna horas veinte minutos de todo lo cual como Secretario DOY FE-------------


VºBº
EL ALCALDE-PRESIDENTE



Fdo: Antonio Rubio Navarro.

AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE SOCOVOS (Albacete)